De las facultades del oficial mayor

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ARTICULO 8. Al frente de la Oficialía Mayor habrá un Oficial Mayor, quien tiene las facultades siguientes:

I. Establecer los criterios específicos para la aplicación de las disposiciones que emita la Secretaría de la Función Pública y que deban ser observadas al interior de la dependencia, y en su caso las entidades paraestatales sectorizadas a ésta, para el uso eficaz, racional y eficiente de los recursos;

II. Emitir, observando las disposiciones jurídicas aplicables y previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, las normas internas administrativas que permitan el uso eficaz, racional y eficiente de los recursos con que cuenta la Secretaría, orientar las acciones relativas a los órganos administrativos desconcentrados, así como delegar y desconcentrar aspectos administrativos;

III. Conducir la transformación organizacional para el cumplimiento de los objetivos sectoriales, así como autorizar los dictámenes administrativos de modificación a las estructuras orgánicas y ocupacionales de la Secretaría, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, conforme a las disposiciones apli-cables;

IV. Dirigir, regular y evaluar a las coordinaciones administrativas que operen en las unidades administrativas referidas en el último párrafo de este artículo, para dar cumplimiento a la normativa y objetivos en materia de recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales, y de tecnologías de la información y comunicaciones;

V. Conducir la planeación, programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación de los recursos financieros de la Secretaría y coordinar lo correspondiente a su sector coordinado;

VI. Presentar al Secretario para su consideración y, en su caso, aprobación, la propuesta de anteproyecto de presupuesto de la Secretaría el cual será integrado con la participación de las unidades administrativas responsables del gasto y con la información que presente el sector coordinado;

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VII. Formular el anteproyecto de presupuesto de la Oficialía Mayor y aprobar el de las unidades administrativas que le estén adscritas;

VIII. Coordinar la integración de la información de la Secretaría y del sector coordinado por ésta, requerida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal consolidada;

IX. Emitir los lineamientos para la elaboración, actualización y dictamen de los manuales de organización, de procedimientos y de...

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