De las Excusas

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas404-405

Causas por los que los asesores están impedidos de conocer asuntos

ARTÍCULO 16

Los Asesores y Asesores Jurídicos están impedidos para conocer de asuntos por alguna de las causas siguientes:

I. Tener los parentescos a que se refiere lafracción II, del artículo 10 de estos Lineamientos, con alguno de los interesados o sus representantes, o con el servidor público involucrado como presunto responsable en el asunto;

II. Tener amistad íntima, enemistad manifiesta o cohabitar con alguna de las personas a que se refiere la fracción anterior;

III. Aceptar presentes o servicios en términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de alguno de los interesados en el asunto;

IV. Haber hecho promesas que impliquen parcialidad en favor o en contra de alguno de los interesados, sus representantes o haber amenazado de cualquier modo a alguno de ellos;

V. Haber sido defensor en el asunto de que se trata, o haber gestionado o recomendado anteriormente el asunto en favor o en contra de alguno de los interesados; o,

VI. Cualquier otra que por su gravedad o trascendencia resulte análoga a las anteriores.

Forma en la que deberán excusarse los...

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