ESQUEMA DE DESARROLLO URBANO DE MALPASO, CALVILLO, AGS., DEL PERÍODO 2020-2030.

Fecha de publicación05 Octubre 2020
SecciónTercera Sección
Pág. 22 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 5 de 2020
(Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
El Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, en sesión extraordinaria celebrada el día de
hoy, en uso de las facultades que le confieren los Artículos 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 70 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 36 de la
ANTECEDENTES:
La Localidad de Malpaso cuenta con un esquema de desarrollo urbano el que fue publicado en
fecha 16 de julio del 2001.
En el existe información básica de la localidad, y plano de zonificación primaria, que contiene usos
de suelo, que han sido rebasados por la forma en que se ha dado el crecimiento urbano, por lo que se
requiere actualizar dicho esquema de desarrollo. De igual manera, existe un plano de la zonificación
secundaria en el esquema de desarrollo, que contiene los usos de suelo propuestos, los que actualmente
han sido rebasados debido a la forma en que se ha dado el crecimiento urbano, por lo que es necesario
contar con usos de suelo apropiados a las necesidades actuales, lo que nos permitirá emitir permisos o
autorizaciones que competen al desarrollo urbano de la localidad, y que el desarrollo urbano se lleve de
manera controlada.
Un programa de rehabilitación del parque infantil,
Programa sectorial del manejo y aprovechamiento del agua potable
Programa sectorial del manejo de las redes de drenaje.
C A P I T U L O VI
ANEXO GRÁFICO.
PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DE ESTE DOCUMENTO
DR. JORGE ALBERTO MARTINEZ VILLALOBOS
Presidente Municipal de Calvillo
COORDINACIÓN GENERAL
LIC. URB. CAROLINA GARCIA RODRIGUEZ
Secretaria de Planeación y Desarrollo Municipal
COORDINACIÓN OPERATIVA
TEC. PATRICIA GALLEGOS GONZALEZ
Encargada del Departamento de Planeación e Información
COORDINACIÓN EJECUTIVA
LIC. URB. JUAN FRANCISCO PÉREZ LÓPEZ
Jefe del Departamento de Desarrollo y Control Urbano
APOYO EN CAMPO
LEC. ROGELIO MARTÍNEZ MUÑOZ
Asistente de Desarrollo Económico
CAPTURA DEL DOCUMENTO
TEC. JOSÉ CARLOS URRUTIA MACÍAS
Auxiliar de Planeación y Desarrollo Municipal
COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
SECRETARÍA DE GESTIÓN URBANÍSTICA Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESTADO
MODIFICACIÓN SEPTIEMBRE DE 2020
COORDINACIÓN GENERAL
MTRA. JUDITH DEL ROSARIO DE LOERA MUÑOZ
Directora de Desarrollo Urbano
COORDINACIÓN OPERATIVA
LIC. URB. JAVIER MARTÍNEZ LUÉVANO
Elaboración de Programas y Esquemas de Desarrollo Urbano
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Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 27, 73.- Fracción XXIX, inciso C y G, 115.- Fracción
13, 20, 21 Bis y 32 DE LA LEY DE PLANEACIÓN, Artículos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 22, 23, 24,
25, 26, 27, 28, 29, 30, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 59, 60, 61, 62, 63, 77, y
101 de la LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
DESARROLLO URBANO, Artículos 9, 23, 43, 44, y 56 de la LEY AGRARIA, Artículos 1, 7, 15, 23, y 110 de
34 de la LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMATICO, Artículos 1, 2, 3, 4, y 5 de la LEY DE PLANEACION
DEL DESARROLLO ESTATAL Y REGIONAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 66, 67, 68,
69, 70, y 71 de la CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículo 3 de la LEY
DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 1, 5, 14, 15, 85, 163, 172 de la LEY
DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 4, 7, 8, 17, 19, 20, 21,
22, 23, 25, y 39 de la LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Artículos 23,
24, 25, 26, 27, 79, 80, 84, 90, 93, 94, 99, 100, 101, 102, 109, 110, 111 y 117 del CODIGO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, Artículos 2, 24, 331, 419, 1198, 1200, 1201, 1202, 1203, 1204, 1205, 1206, 1207,
1209, 1210, 1211, 1212, 1213, 1214, 1215, 1216, 1217, 1218, 1219, 1220, 1221, 1222, 1223, 1224, 1225,
1226, 1227, 1228, 1233, 1685, 1716, 1718, y 1738 del CODIGO MUNICIPAL DE CALVILLO,
AGUASCALIENTES, Se ha tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza el Esquema de desarrollo urbano de Malpaso, Calvillo, Ags.,
del período 2020-2030, mismo que se anexa y forma parte del presente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado para
los efectos legales conducentes.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO CUARTO.- Cúmplase.
Dado en el Salón de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, a los veintiún días
del mes de septiembre del año de dos mil veinte.
MTRO. ADÁN VALDIVIA LÓPEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL.
C. DAVID LÓPEZ LÓPEZ
PRIMER REGIDOR
C. ANA CECILIA MEDINA DELGADO
SEGUNDA REGIDORA
C. GUILLERMO CONTRERAS BLANCAS
TERCER REGIDOR
C. MA. LUISA HERNÁNDEZ LÓPEZ
CUARTA REGIDORA
C. ROBERTO PONCE MARTÍNEZ
QUINTO REGIDOR
LIC. ALINA SELENE RODRIGUEZ GAYTÁN
SEXTA REGIDORA
PROF. ENRIQUE PEÑA ALBA
SÉPTIMO REGIDOR
C. ROSA MARTHA VIRAMONTES HERNÁNDEZ
OCTAVA REGIDORA
LIC. MA. INOSENCIA RAMOS DE LARA
SÍNDICO MUNICIPAL
LAE. FERNANDO FIGUEROA ORTEGA
SECRETARIO DE GOBERNACIÓN Y DEL H. AYUNTAMIENTO
LAS PRESENTES FIRMAS SE REFIEREN AL ACUERDO QUE AUTORIZA ESQUEMA DE DESARROLLO URBANO DE
MALPASO, CALVILLO, AGS., DEL PERÍODO 2020-2030-------------------------------------------------------------------------------
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(Tercera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
ESQUEMA DE DESARROLLO URBANO MALPASO (2020-2035)
1. Introducción
Un esquema de desarrollo urbano es el instrumento técnico-normativo que sirve para promover y orientar el
desarrollo urbano de un centro de población. Generalmente se utiliza para organizar el espacio de los usos
de suelo, actividades productivas y económicas, a fin de lograr el aprovechamiento sostenible del suelo, de
sus recursos y abatir el déficit de atención a la localidad en sus diversos aspectos socioeconómicos de la
población, aprovechando los recursos sociales, culturales, y naturales, sin dejar atrás las costumbres,
tradiciones y cultura de la población.
Por lo que es de suma importancia contar con un esquema de desarrollo urbano actualizado para cada
centro de población mayor a mil habitantes, en donde se analicen los antecedentes del centro de población,
para poder entender el estado actual, guiándose por medio de las bases jurídicas que rigen en nuestro
país, donde se derivan los artículos para los instrumentos de planeación, empezando por la constitución
política de los estados unidos mexicanos, seguido por la ley de asentamientos humanos, de ello se deriva
la legislación local el cual nos pertenece, como lo es el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL,
DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (COTEDUVI),
siguiendo con el diagnóstico del medio físico natural en el que se analiza en dos apartados que son medio
físico natural y medio físico construido, en el apartado de medio físico natural se derivan varios subtemas
como lo son Topografía: Fisiografía, Geología, Edafología, Hidrografía, Clima, Uso de suelo y vegetación,
Uso potencial del suelo, Cambios de uso de suelo, Riesgos naturales. En el apartado de medio físico
construido se derivan los subtemas de Conectividad carretera y accesibilidad vial, Vialidad y estructura
urbana, Crecimiento urbano histórico, Transporte público, Equipamiento urbano, Infraestructura, Vivienda,
Imagen urbana, Sector turístico y Restricciones para el desarrollo urbano. Después de este análisis se
abordan aspectos socio- demográficos y económicos que nos permite entender el desarrollo del centro de
población. Contando así con un taller de participación ciudadana donde se analiza la problemática de la
comunidad, derivando de ello los objetivos, estrategias y metas para una solución de los mismos.
2. Justificación
El Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes
establece en el título primero de las disposiciones generales la necesidad de fijar normas básicas para
planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos.
Debido a que no se cuenta con un documento de planeación actualizado en la comunidad de Malpaso se
da la necesidad de crear con un documento de planeación que nos permita CONSERVAR, MEJORAR,
ORDENAR Y REGULAR el crecimiento espacial del centro de población, que atienda los reclamos sociales
para proveerlos de obras, bienes y servicios, manteniendo el equilibrio ecológico y la conservación de la
Operatividad Urbana en la Infraestructura, equipamiento, Vivienda y Servicios Urbanos de la comunidad,
considerando sus valores históricos, culturales y el aprovechamiento sustentable de los recursos con que
cuenta el Territorio. En función de este marco y con la premisa de consolidar el SISTEMA MUNICIPAL DE
PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO, la presente
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL se ha dado tarea de formular el presente documento que coadyuvará
sustancialmente a que el aprovechamiento de Malpaso se manifieste con un alto sentido social que le de
sustentabilidad y sostenibilidad al Desarrollo Integral.
Para el presente instrumento de Planeación se considera un diagnostico donde nos permitirá identificar la
situación actual en diferentes aspectos demográficos, económicos, físicos, ambientales, infraestructura,
equipamiento, servicios y vivienda. Donde se creará una serie de objetivos, metas y estrategias para poder
hacer un instrumento de planeación sustentable y sostenible para la comunidad de Malpaso.
Por lo que se determina un periodo de tiempo que comprende del año 2020 al 2030, adoptando para ello la
estructura metodológica en su formulación, la que estipula el artículo 102 del Código de Ordenamiento
territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes (P.O.E., 7 de octubre del 2013).
3. Alcances
El presente instrumento de planeación nos sirve como herramienta para analizar y diagnosticar problemas
de desarrollo en un centro de población, donde no se cuente con un análisis de las condiciones presentes
de una comunidad rural y sus alrededores, también nos sirve como un documento legal y normativo que
regula los usos de suelo en áreas urbanas y no urbanas.
El mismo nos permite hacer una gestión de los recursos municipales, estatales y federales para poder
realizar acciones planteadas en el esquema.

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