Proyecto de decreto que expide una nueva Ley Minera., de 19 de Septiembre de 2013

Iniciativas

De los Senadores Alejandro Encinas Rodríguez, Dolores Padiema Luna y Layda Sansores San Román, la que contiene proyecto de decreto que expide una nueva Ley Minera.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.

INICIATIVAS CONCLUYE SU TRÁMITE EN LA LEGISLATURA LXIII (ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2015 PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 219 DEL REGLAMENTO DEL SENADO PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS ASUNTOS QUE NO HAN RECIBIDO DICTAMEN)

Ver Sinopsis Español:

La Ley que se pretende expedir tiene por objeto mejorar la capacidad estatal de regulación, inspección y vigilancia sobre la actividad minera a la vez que hacer efectivo el cumplimiento de los derechos y obligaciones respecto de las garantías de ejercicio de los Derechos de los Pueblos Indígenas y de los convenios internacionales contraídos por el estado mexicano. La Ley regulará la exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, así como de las salinas formadas directamente por las aguas marinas provenientes de mares actuales, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial y de las sales y subproductos de éstas.

El Estado garantizará que los mecanismos de extracción y beneficio de los recursos naturales concesibles comprendidos dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos preserven el equilibrio ecológico y la sostenibilidad de los ciclos naturales, permitan condiciones de vida con dignidad para la ciudadanía y fomenten el pleno respeto de los derechos humanos.

Se propone como requisito indispensable para cualquier concesión una licencia social a través de consulta y participación ciudadana, incluyendo concesiones para exploración minera; concesiones para explotación y beneficio minero; asignaciones para exploración minera que custodia el Servicio Geológico Mexicano; prórrogas a concesiones para explotación y beneficio minero; permisos de operación para actividades de beneficio minero (fuera de una concesión) y transmisión de concesiones.

Se establece todo un capítulo sobre derechos de poblaciones indígenas al goce preferencial del territorio y recursos naturales, frente a actividades mineras. Y se prevé un procedimiento estrictamente regulado para el cierre de minas con obligaciones y responsabilidad para la empresa minera.

Se anulan las cláusulas de confidencialidad que se usan para ocultar información que deben entregar las empresas mineras al Estado y se propone generar informes adicionales que debe presentar la empresa a la Secretaría de Economía; dicha información será pública y accesible a la ciudadanía en general, con la obligación de entregarla a las comunidades donde operan las mineras.

Se fortalece el sistema de inspecciones durante la operación de las compañías mineras, estableciendo nuevos procedimientos de inspección obligatorios, aleatorios, con la participación de las comunidades, en caso de encontrarse irregularidades, de incumplimiento de acuerdos o permisos del concesionario, se aplicarán a sanciones llegando hasta la cancelación de la concesión.

Se exime de pago de derechos la entrega de información cartográfica correspondiente a yacimientos, concesiones y sitios de actividad minera, ajustando montos a pagar por derechos correspondientes a número de hectáreas de concesión.

Se introduce el cobro de regalías para la minería, cobradas por el valor del volumen de minerales producidos a boca de mina (no sobre los ingresos reportados) con regímenes diferenciados para minería artesanal, pequeña, mediana y gran minería.

Sen. Alejandro de Jesús
Encinas Rodríguez
Sin Grupo
Sen. María de los Dolores
Padierna Luna
Sen. Layda
Sansores San Román

Los suscritos,Alejandro Encinas Rodríguez, Dolores Padierna Lunaintegrantes del Grupo Parlamentario del PRD, y la SenadoraLayda Sansores San Román,Senadoresde la Repúblicaa la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio del derecho que nos confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8, fracción I, 164, párrafos 1 y 2, 169 y 172, párrafo 1 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Asamblea la presenteIniciativa con Proyecto de Decretoque expide una nueva Ley Minera, propuesta elaborada por los pueblos y movimientos afectados por la gran mineríaal tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La minería a cielo abierto se ha convertido en uno de los más graves problemas del país, que amenaza la economía, el entorno ecológico, los derechos humanos e incluso la vida de poblaciones enteras.

Diversos grupos sociales, organizaciones y pueblos que han sufrido los efectos de las mineras que a cambio de ganancias inmediatas, destruyen el futuro de comunidades y ecosistemas enteros, se han dado a la tarea de formular una nueva Ley Minera, que actualice la expedida en 1992 y regule adecuadamente las concesiones mineras protegiendo los recursos nacionales pero priorice la sustentabilidad, la vida y los bienes culturales de las comunidades y pueblos.

En la formulación de esta Propuesta de Ley Minera han participado diversos movimientos anti gran minería tóxica: la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) de Guerrero, quienes han dado una fuerte lucha contra la instalación de la minería tóxica en sus territorios; el Frente Amplio Opositor a la Minera San Xavier y su larga experiencia contra las mineras canadienses; la Asamblea Veracruzana y Defensa Ambiental que han parado a la minera Caballo Blanco que pretende instalarse a las puertas de la núcleo-eléctrica de Laguna Verde; los habitantes de San José del Progreso de los Valles Centrales de Oaxaca; los habitantes de Capulalpan, Oaxaca, que han frenado la minería en su territorio y han desarrollado proyectos productivos alternos; los habitantes de Morelos agrupados en el Movimiento Morelense en Contra las concesiones Mineras de Metales Preciosos que se oponen a la instalación de la minera Esperanza Silver en Xochicalco y a las puertas de Cuernavaca; pobladores de la Mira, Lázaro Cárdenas, Michoacán que padecen la contaminación y el daño a la salud que produce la minera hindú-inglesa Arcelor Mittal, los representantes de diversos movimientos en contra de la mega minería tóxica de Baja California Sur tales como Medio Ambiente y Sociedad, Agua vale más que oro; los Barzonistas de Chihuahua que en su lucha contra las mineras han sido inhumanamente tratados e incluso demandados ante los tribunales judiciales por la transnacional minera Mag Silver. También han participado en la formulación de la ley los representantes de Tetela Hacia el Futuro, de Puebla, así como diversos movimientos de Colima, Guerrero y Chiapas. En el espíritu de la reforma constitucional en materia política, respecto a la iniciativa ciudadana, es que los suscritos Senadores de la República, presentamos esta iniciativa, respetando en sus términos las propuestas de las distintas organizaciones.

Por ello se recoge aquí el manifiesto que estas organizaciones hacen respecto a la presentación de la actual iniciativa.

Manifiesto Nacional Pro Nueva Ley Minera en México

"Por el respeto a los pueblos y el ambiente, una ley minera diferente"

Llegó la hora de cambiar el rumbo actual del marco jurídico que nos conduce al precipicio y a la ruina del país.

Meter en cintura o regular la actividad minera del país muy en especial la conocida como megaminería, no puede esperar más. Nadie escapa a sus efectos destructivos. El tamaño creciente de su control político sobre el territorio destruye el poder formal municipal, estatal y nacional. Su impacto contaminante se extiende más allá de lo que se ve, abarca a la atmosfera, las tierras de cultivo, los acuíferos y fuentes de agua de la que depende la vida. Regular la minería es recuperar soberanía popular y nacional.

Mientras el corazón de la ley minera tenga a la extracción minera como “actividad preferente”, o prioritaria, sobre cualquier otra, seguirá manteniéndose la inconstitucionalidad y la contradicción evidente con la prioridad que la Constitución Política (Artículo 1) establece y mandata, de respeto y protección de los derechos humanos y de la naturaleza sobre cualquier otro enfoque.

La aberración legal que permite que la prioridad de la actividad minera beneficie fundamentalmente a una minoría que acumula riqueza irresponsable, mientras que la mayoría de las comunidades y el país carguen con la deuda de la destrucción socio ambiental y del estado de derecho, ya no se sostiene ni constitucionalmente, ni conforme a los compromisos internacionales de pactos y tratados que nuestro país ha ratificado.

La estructura y redacción de una ley a modo de una minoría como la actual, es la negación y la violación conceptual y práctica del estado de derecho y del ejercicio, de la exigibilidad y la justiciabilidad de los derechos constitucionales de la mayoría de los ciudadanos mexicanos, lo mismo que de las obligaciones y facultades del propio Estado Mexicano y de la Nación.

Es necesario recordar que los artículos constitucionales siguen teniendo mayor jerarquía que los numerosos artículos de una ley secundaria, como los de la actual ley Minera, que los contravienen. Sigue teniendo vigencia la propiedad originaria de las tierras, aguas y recursos naturales a la Nación (Artículo 27 Constitucional), que la peligrosa y creciente actual entrega del territorio a los particulares y extranjeros.

Está vigente la obligación del Estado Mexicano de ejercer la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático (Artículos 25 y 28 Constitucionales); este mandato ha sido sistemáticamente violado por la imposición de la rectoría de intereses privados monopólicos, trasnacionales y...

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