Acuerdo por el que se señala el nuevo domicilio del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Fecha de disposición | 26 Noviembre 2002 |
Fecha de publicación | 26 Noviembre 2002 |
Sección | PRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados |
ACUERDO por el que se señala el nuevo domicilio del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración de Bienes Asegurados.- Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General.
ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NUEVO DOMICILIO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE BIENES ASEGURADOS, ORGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
FERNANDO GUADALUPE SALINAS STEFANON, Director General del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 33 del Código Civil Federal; 17 y 31 de la Ley Orgánica para la Administración Pública Federal; 57 fracción I de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados; 3o. fracción III y 4o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o. inciso D fracción II, 98B y 98C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 3o. apartado a), 9 fracciones I, III y X del Reglamento Interior del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, y
CONSIDERANDO
Que entre los propósitos que prevé el Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, se encuentra un mayor impulso a mejorar las funciones públicas, el abatir costos y evitar el seguir generando gastos excesivos producidos por el pago de arrendamiento de inmuebles, mismo presupuesto que puede ser aprovechado en otros rubros;
Que para la debida operación del Servicio de Administración de Bienes Asegurados y el cumplimiento de sus funciones, dada la naturaleza de estas últimas, es necesario que cuente con unidades administrativas centrales, con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal;
Que a efecto de poder recibir todo tipo de notificaciones, documentos y valores dirigidos al Servicio de Administración de Bienes Asegurados o a alguno de sus funcionarios, es necesario contar con un domicilio conocido para ello, por lo que resulta procedente la expedición del siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NUEVO DOMICILIO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE BIENES ASEGURADOS...
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