Disposiciones Generales

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1079-1080

Definición de supervisión y autoridades a cargo

ARTÍCULO 48

La supervisión es el conjunto de acciones, tendientes a verificar el cumplimiento de las normas que rigen lafunción sustantiva del defensor público y asesor jurídico, permitiendo conocer las condiciones de su desempeño. Se realiza en forma directa, permanente y sistemática a través del cuerpo de supervisores, adscritos a la Unidad de Supervisión y Control de Defensa Penal y Asesoría Jurídica, así como, de manera documental, por el delegado correspondiente.

Criterios para el ejercicio de la supervisión

ARTÍCULO 49

La supervisión se ejerce bajo los criterios siguientes:

I. Durante su desarrollo, el servidor público encargado de realizarla, debe conducirse con imparcialidad, objetividad y sin interés personal alguno;

II. Aplicarse conforme a lo previsto en las presentes bases, así como las normas internas que al efecto se expidan;

III. Actuar con el respeto y cortesía debidas con el supervisado; y

IV. Apoyarse en la consulta de expedientes judiciales o administrativos, instrumentos de registro y expedientes de control.

Formas de realizar la supervisión

ARTÍCULO 50

Existen dos formas de realizar la supervisión, y son las siguientes:

I. Documental.- En la que se verifica el cumplimiento permanente de las obligaciones administrativas impuestas por la Ley Federal de Defensoría Pública y estas bases generales a defensores públicos y asesores jurídicos, en relación a la integración, requisitación y envío de los documentos que forman los expedientes de control.

El delegado o director correspondiente debe remitir el diagnóstico resultante, con oportunidad, a la unidad de supervisión y control de defensa penal y asesoría jurídica, a fin de que se integre al expediente de supervisión directa para efectos de evaluación; y

II. Directa.- En la que el supervisor se constituye físicamente en la adscripción de defensa o asesoría, con el propósito de conocer la actuación procesal, del servidor público sujeto a supervisión, mediante el análisis de los expedientes judiciales o administrativos en los quetenga intervención, así como de los expedientes de control correspondientes e instrumentos de registro.

La visita de supervisión directa...

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