Disposiciones generales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los
Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confie-
re el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 25, 52 y demás
relativos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO DE LA COMISION DE INCON-
FORMIDADES Y DE VALUACION DEL INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA
LOS TRABAJADORES
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o. La Comisión de Inconformidades y de Valuación
se integra en la forma prevista en la Ley del Instituto del Fondo Nacio-
nal de la Vivienda para los Trabajadores y contará con un cuerpo de
auxiliares a cuyo frente estará un Secretario, designado por la propia
Comisión y que no podrá ser miembro de la misma.
La Comisión conocerá, substanciará y resolverá los recursos que
promuevan ante el Instituto, los patrones, los trabajadores o sus
causahabientes y beneficiarios, en los términos del presente Regla-
mento.
Asimismo, conocerá de las controversias que se susciten sobre el
valor de las prestaciones que las empresas estuvieren otorgando a
los trabajadores en materia de habitación para dictaminar si son in-
feriores, iguales o superiores, al porcentaje consignado en el artículo
136 de la Ley Federal del Trabajo y determinar las aportaciones que
deban enterar al Instituto o si quedan exentos de tal aportación.
ARTICULO 2o. La Presidencia de la Comisión corresponderá en
forma rotatoria, bimestralmente, a cada una de las representaciones
que la integran.
La Comisión sesionará por lo menos una vez por semana y ade-
más cuando sea convocada por el Consejo de Administración, el
RGTO. COMISION INCONFORMIDADES/DISP. GENERALES 1-2

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