Derecho internacional de los derechos humanos

AutorKarla Verónica Calcáneo Treviño
CargoInvestigadora del Instituto de la Judicatura Federal
Páginas287-289

    Carbonell, Miguel; Moguel, Sandra y Pérez Portilla, Karla (comps.) (2002), Derecho internacional de los derechos humanos, México: Porrúa/Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


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El Dr. Miguel Carbonell Sánchez es investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México y, en su trayectoria académica destaca su labor de difusor de la teoría de los derechos fundamentales. La realización del libro que se comenta se debe, también, al esfuerzo de Sandra Moguel y Karla Pérez Portilla.

En relación al contenido de esta obra, podemos mencionar que, en la bibliografía existente sobre el Derecho Internacional de los derechos humanos, se dificultaba encontrar una compilación de los instrumentos jurídicos más esenciales, lo que hacía indispensable recurrir al Internet.

Sin embargo, esta limitación ha sido subsanada por este texto que compila importantes observaciones generales emitidas por distintos Comités del Sistema de la Organización de las Naciones Unidas, así como opiniones consultivas formuladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El libro Derecho internacional de los derechos humanos contiene en su inicio un artículo de Gerardo Pisarello y Miguel Carbonell

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denominado La aplicación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos en el Derecho Interno: modelo para armar, en el cual se enfatiza la trascendencia que ha adquirido el Derecho Internacional de los derechos fundamentales en los ámbitos internos de los Estados.

Bajo la noción de derechos humanos grupos, individuos y colectivos sociales han traducido aspiraciones políticas y normativas que se consideran como un mínimo de garantías que deben ser observadas. Esos principios del trato que se debe a todo ser humano se ha constituido en una guía para orientar el derecho positivo. Hecho que se corrobora al considerar que con posterioridad a 1945, la impronta del espíritu de los derechos humanos ha tenido en la suscripción de numerosos Tratados internacionales.

La era de la globalización también se encuentra marcada por el auge y difusión del discurso de ios derechos humanos, circunstancia que conlleva una reformulación de las concepciones tradicionales del derecho que lo percibían, de modo primordial, en su ámbito de eficacia local.

Nuestro país asume una adecuada actitud frente a los nuevos términos de las reglas que regulan el ámbito internacional, con plena convicción y cuidado de su soberanía. Una muestra de lo anterior la constituye que a nivel constitucional, específicamente en el artículo 133 constitucional, se refiere la importancia normativa de los tratados internacionales.

Por lo que hace al marco internacional observamos el trabajo, en pro de los derechos humanos, de una serie de instancias globales (Organización de las Naciones Unidas) o regionales (v.gr. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos).

Resultan de gran interés las opiniones consultivas emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya competencia fue reconocida por México en el año de 1998. Algunas de esas opiniones se derivaron de expresas peticiones de nuestro país, con la finalidad de aclarar el sentido y alcances de las normas jurídicas contenidas en la Convención Americana de Derechos Humanos.

El conocimiento de los instrumentos normativos que tienen que ver con la salvaguarda de los derechos fundamentales es un saber indispensable a los ciudadanos, pero también para quienes teniendo

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un cargo público se encuentran obligados a servir de garantes de esos derechos.

En suma, presentamos a ustedes un texto que puede ser de referencia útil al ciudadano, los mismo que a los estudiosos del derecho, pero de manera destacada a quienes tienen la encomienda social de procurar y administrar justicia.

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