Acuerdo por el que se delega a los Directores de Liquidación y al Coordinador de Planeación y Adquisiciones de Recursos Materiales del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, la facultad que se indica

Fecha de disposición14 Octubre 2013
Fecha de publicación14 Octubre 2013
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA A LOS DIRECTORES DE LIQUIDACIÓN Y AL COORDINADOR DE PLANEACIÓN Y ADQUISICIONES DE RECURSOS MATERIALES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES, LA FACULTAD QUE SE INDICA.

HÉCTOR OROZCO FERNÁNDEZ, Director General del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 87, fracciones I y IV de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (Ley); 8, 9, fracciones X y XVII, y 65, fracción XIV del Estatuto Orgánico del SAE (Estatuto), y

CONSIDERANDO

Que el artículo 87, fracción IV de la Ley, establece que dentro de las facultades del Director General del SAE, se encuentra la de dirigir y coordinar sus actividades, de conformidad con dicho ordenamiento y su Reglamento;

Que el Director General del SAE tiene la facultad de ejercer directamente las atribuciones que el Estatuto confiere a todos los servidores públicos del Organismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del propio Estatuto;

Que corresponde a la Dirección Corporativa de Finanzas y Administración, suscribir todos aquellos convenios o documentos de cualquier naturaleza con terceros o Terceros especializados, de los que deriven obligaciones de pago que afecten los recursos del SAE, de conformidad con lo previsto por la fracción XIV del artículo 65 del Estatuto;

Que a fin de eficientar la operación del SAE y sus Encargos, se considera conveniente facultar a los Directores de Liquidación, en el ámbito de sus respectivas competencias, y al Coordinador de Planeación y Adquisiciones de Recursos Materiales del SAE, para que suscriban los convenios o documentos señalados en el párrafo que antecede, agilizando con ello los trámites y gestiones que conlleva la suscripción de los...

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