Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante septiembre de 2014, publicado en el DOF el 19 de septiembre de 2014

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Devolución del IVA por gastos e inversiones en el reacondicionamiento, reparación, restauración o reconstrucción en los municipios del Estado de Baja California Sur afectados por el huracán "Odile"

11.5.1. Para los efectos de los Artículos Décimo Cuarto del Decreto a que se refiere este Capítulo, el SAT resolverá las solicitudes de devolución del IVA, en un plazo máximo de diez días hábiles, a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé, del Estado de Baja California Sur, siempre que se cumpla con lo siguiente:

I. Se trate de saldos a favor de períodos de septiembre, octubre, noviembre o diciembre de 2014, que se declaren y soliciten a más tardar el 31 de enero de 2015.

II. Que el IVA acreditable derive en más del 50% en el período solicitado, de gastos e inversiones relacionadas con el reacondicionamiento, reparación, restauración y/o reconstrucción o adquisición de bienes de activo fijo dañados o perdidos a consecuencia del huracán "Odile".

Para estos efectos, se...

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