Decreto Núm. 284 por El que Se Otorgan Diversos Incentivos Fiscales a Los Contribuyentes del Municipio de Villa de álvarez, Colima.

Fecha de disposición04 Julio 2020
Fecha de publicación04 Julio 2020
Número de Gaceta45

Tomo 105, Colima, Col., sábado 04 de julio de 2020; Núm. 45 pág. 2082

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO NÚM. 284 POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS INCENTIVOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE EL PRESENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES A N T E C E D E N T E S: INICIATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ. 1.- Mediante oficio DPL/1470/2020, de fecha 12 de junio de 2020, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado de Colima, turnaron a esta Comisión Parlamentaria la iniciativa que, a través del diverso oficio número SE. OF. 345/2020, suscribe el C. Licenciado Jesús Alberto Partida Valencia, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Álvarez, por medio de la cual remite formal solicitud para que en el ámbito de sus atribuciones sea esta Soberanía quien autorice el otorgamiento de beneficios fiscales a favor de los contribuyentes de dicho municipio, respecto del ejercicio fiscal 2020 y ejercicios fiscales anteriores, siempre que regularicen sus obligaciones en una sola exhibición, y con una vigencia de hasta el 31 de agosto del año en curso. 2.- Obra glosada a la iniciativa de referencia la constancia y certificación que dicho Servidor Público Municipal elaboró respecto del Acta número 070, relativa a la Sesión Ordinaria de Cabildo número 43, celebrada en fecha 25 de mayo de 2020, asentando que el punto de acuerdo que hoy nos ocupa fue aprobado por mayoría de los integrantes del Cuerpo Edilicio. 3.- Esta Comisión dictaminadora, atendiendo a lo previsto en los artículos 59 Bis, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima; 16, segundo párrafo, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y 58, punto 1, de la Ley de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de Colima, por conducto de su Presidente, solicitó al C. Contador Público Francisco José Amezcua Delgado, Tesorero del Ayuntamiento de Villa de Álvarez, mediante oficio número CHPyFRP-042/2020 de fecha 17 de junio del presente año, la emisión de criterio técnico e impacto presupuestario respecto de la iniciativa en comento. Sobre el particular, yace inserto al presente dictamen el oficio identificado con el número TM-99/2020 que, en fecha 22 de junio del año en curso, suscribió el referido Tesorero Municipal, por medio del cual remite a esta Representación Legislativa el criterio técnico requerido. EMISIÓN DE DECRETO PREVIO PARA BENEFICIO DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA. 4.- De las memorias legislativas de este Poder Legislativo se advierte que mediante Decreto número 261, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” en fecha 30 de marzo de 2020, esta Soberanía aprobó el otorgamiento de estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Villa de Álvarez, habiéndose autorizado el descuento del 100% de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno del Impuesto Predial, y de los derechos por limpieza de lotes en propiedad particular del cementerio municipal, ambos respecto del ejercicio fiscal 2020, así como el 100% de descuento en los mismos conceptos de accesorios por la falta de pago oportuno de los derechos por los servicios de recolección de basura; autorizándose además la ampliación del plazo para el refrendo de licencias comerciales y licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, entre otros beneficios más. Por lo antes expuesto, la Diputadas y los Diputados que integramos esta Comisión Parlamentaria, procedimos a realizar el siguiente: A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I...

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