Decreto N 929/2015 VIII P.E., mediante el cual, se reforman el título de la fracción I, así como el inciso a) del numeral 6 y el numeral 7 de la citada fracción I; se adicionan un inciso c) al numeral 6 y un numeral 11 a la fracción I y se deroga el numeral 16 de la fracción VII, correspondientes al apartado de Derechos de la Tarifa de Derechos de la Ley de Ingresos del Municipio de Saucillo, Chihuahua, para el Ejercicio Fiscal 2015.

Fecha de publicación08 Agosto 2015
EstadoChihuahua
MunicipioSaucillo
Chihuahua, Chih., sábado 08 de agosto de 2015.
P e riódico Oficial
Gobierno del Estado
Libre y Soberano de Chihuahua
Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarse
en este Periódico.
Responsable: Secretaría General de Gobierno. Se publica los Miércoles y Sábados.
Registrado como
Artículo
de segunda Clase de
fecha 2 de Noviembre
de 1927
No. 63
GOBIERNO LOCAL
PODER LEGISLATIVO
DECRETO Nº 905/2015 II P.O., mediante el cual, se expide la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua.
(FOLLETO ANEXO)
-0-
DECRETO Nº 917/2015 II P.O., mediante el cual, se reforman y se adicionan los artículos 21 fracción II; 27 en sus párrafos segundo,
tercero y quinto; 27 bis párrafos primero y dos últimos; 27 ter párrafos primero y tercero; 36, 37, 40, 44, 45, 46, 47, 64 en su fracción
XV inciso C), fracciones XVI y XIX y se deroga su fracción XLV; 87, 126, 128, 130, 166 y 197 párrafo primero; todos de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua. Pág. 3807
-0-
DECRETO Nº 920/2015 II P.O., mediante el cual, se reforman las fracciones II, III y IV del artículo 51; el artículo 52 y la fracción III del
artículo 56; se adicionan un segundo párrafo a la fracción II y una fracción VI al artículo 51 y las fracciones V y VI al artículo 56, todos
de la Ley Estatal de Educación; se reforman los artículos 65, primer párrafo y 67, ambos de la Ley para la Atención de las Personas
con Discapacidad en el Estado de Chihuahua. Pág. 3813
-0-
DECRETO Nº 922/2015 II P.O., mediante el cual, se reforman los artículos 46 primer párrafo; 111 segundo párrafo; y 112; se adiciona
un segundo párrafo al artículo 46, todos de la Ley del Notariado en el Estado de Chihuahua. Pág. 3817
-0-
DECRETO Nº 926/2015 VIII P.E., mediante el cual, la Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado, inició el trece de
julio del año dos mil quince, el Octavo Periodo Extraordinario de Sesiones, dentro del Segundo Año de Ejercicio Constitucional.
Pág. 3819
-0-
DECRETO Nº 927/2015 VIII P.E., mediante el cual, la Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado, autoriza el nuevo
fundo legal de San Francisco de Borja, Municipio del mismo nombre, con la superf‌icie de 910-85-12.49 hectáreas.
Pág. 3820
-0-
DECRETO Nº 928/2015 VIII P.E., mediante el cual, se reforma la fracción IX, recorriéndose en su orden las subsecuentes; y se adiciona
un apartado C a los numerales 3 y 5 de la fracción V y una fracción XX de la Tarifa de Derechos de la Ley de Ingresos del Municipio
de Jiménez, Chihuahua, para el Ejercicio Fiscal 2015. Pág. 3822
-0-
DECRETO Nº 929/2015 VIII P.E., mediante el cual, se reforman el título de la fracción I, así como el inciso a) del numeral 6 y el numeral
7 de la citada fracción I; se adicionan un inciso c) al numeral 6 y un numeral 11 a la fracción I y se deroga el numeral 16 de la fracción
VII, correspondientes al apartado de Derechos de la Tarifa de Derechos de la Ley de Ingresos del Municipio de Saucillo, Chihuahua,
para el Ejercicio Fiscal 2015. Pág. 3840
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DECRETO Nº 930/2015 VIII P.E., mediante el cual, se reforman los numerales 1.1, 1.2, 1.3.3, 3 y 6; se adiciona el numeral 8 y se derogan
los numerales 4 y 5 todos de la fracción II.2 de la Tarifa de Derechos de la Ley de Ingresos del Municipio de Allende, Chihuahua, para
el Ejercicio Fiscal 2015. Pág. 3843
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DECRETO Nº 932/2015 VIII P.E., mediante el cual, se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Namiquipa, Chihuahua, para que
afecte las participaciones que le correspondan en ingresos federales, como garantía y/o fuente de pago del crédito que contrate con el
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo (BANOBRAS), que se destinará a f‌inanciar,
incluido el Impuesto al Valor Agregado, inversiones públicas productivas y, en su caso, los accesorios f‌inancieros que se deriven de
esta operación crediticia.
Pág. 3845
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