Oficio Circular por el que se dan a conocer los formatos a que se refiere el artículo décimo séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, relativos a la información que deben presentar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal respecto de los bienes patrimoniales que...

Fecha de disposición28 Febrero 2002
Fecha de publicación28 Febrero 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO Circular por el que se dan a conocer los formatos a que se refiere el artículo décimo séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, relativos a la información que deben presentar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal respecto de los bienes patrimoniales que mantengan asegurados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Egresos.- Oficio Circular 307-A-084.

CC. Titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal Presentes.

Con fundamento en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, décimo séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con los Lineamientos para la Contratación de Seguros Sobre Bienes Patrimoniales, a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de mayo de 1994, así como con los Lineamientos que deberán observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben cumplir con los requisitos y demás condiciones señaladas por dichas disposiciones, en el establecimiento de cualquier relación pasiva de seguros;

Que de conformidad con el artículo décimo séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, las dependencias y entidades deben enviar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público copia de sus programas aprobados de aseguramiento integral, así como aquella información que sobre bienes asegurados se señale en los formatos que al efecto expida la mencionada dependencia, y

Que resulta indispensable que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuente con información fidedigna y oportuna respecto de las diferentes condiciones de precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes de las distintas...

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