Decreto No. 320 por El que Se Aprueba la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para El Pago de Derechos por Los Servicios Públicos de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima

Fecha de disposición31 Diciembre 2005
Fecha de publicación31 Diciembre 2005
SecciónAnexos
Número de Gaceta80

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 320

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY QUE ESTABLECE LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL PAGO DE DERECHOS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN, COLIMA.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OHONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número 1888 de fecha 23 de diciembre del presente año, suscrito por los Diputados Secretarios, se turnó a esta Comisión dictaminadora, para su estudio, análisis y dictamen la iniciativa presentada por el H. Ayuntamiento Constitucional de Tecomán, relativa a la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tecomán, Colima.

SEGUNDO.-

Que mediante oficio número 100/2005, de fecha 23 de diciembre de 2005, el H. Ayuntamiento Constitucional de Tecomán, Colima, remitió a ésta Soberanía, el acuerdo tomado por los integrantes del H. Cabildo en la Quincuagésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2005, que en el punto DECIMO TERCERO del orden del día, se autorizó la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tecomán, Colima.

TERCERO.-

Que ésta Comisión dictaminadora, una vez analizada la solicitud presentada por el Municipio de Tecomán, Colima, para el cobro de las tarifas o cuotas para el pago de los derechos por la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, se ha cumplido con las exigencias legales previstas en los artículos 20, fracción IV y 24, fracción II de la Ley de Aguas para el Estado de Colima, reformados mediante Decreto 289 mencionado en el considerando anterior. Así mismo en los términos del artículo 134 del Reglamento y de la Ley Orgánica del Poder Legislativo esta Comisión Dictaminadora considera necesario modificar el nombre que el H. Cabildo había designado a la Ley en estudio, ya que el servicio de saneamiento a que hace referencia...

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