Convocatoria para el Registro de Participantes en el Grupo de Trabajo del Proyecto de Norma Ambiental PROYNADF- 025-AMBT-2014, que establece los requerimientos mínimos y especificaciones técnicas que deben cumplir las personas físicas o morales que lleven a cabo actividades de comercialización de animales de compañía o de servicio

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

CONVOCATORIA PARA EL REGISTRO DE PARTICIPANTES EN EL GRUPO DE TRABAJO DEL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PROY-NADF-025-AMBT-2014, QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE COMERCIALIZACIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA O DE SERVICIO.

Ing. Rubén Lazos Valencia, Director General de Regulación Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Secretario Técnico del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1, 2, 15 fracción IV, 16 fracciones I y IV, 17, 26 fracciones I, III,IV y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 fracción II, 9 fracciones IV, VII, XXVII y XLVI, 19 fracción IV, 36 fraccion I, 37, 38, 40 fracción II, de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; los artículos 9 fracción VI, 19 y 43 de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal , así como el artículo 11 fracciones I y II del Reglamento de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal; el artículo 7º fracción IV numeral 2, 37, 55 fracción I y VI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de Distrito Federal, el día 23 de abril de 2002; y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los días 19 de agosto de 2005 y el 4 de julio de 2007, derivados de las reformas al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los días 19 de enero y 28 de febrero de 2007 y,

CONSIDERANDO

Que el 26 de febrero del año 2002, se promulgó la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, cuyo objeto es proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas; asegurando la sanidad animal y la salud pública.

Que el objeto de tutela y protección de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal son las...

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