CONVENIO DE CONCERTACI�N QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA SECRETAR�A DE DESARROLLO SOCIAL; POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT; POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO IXCUINTLA Y LA ORGANIZACI�N DE MIGRANTES; CON EL OBJETO DE FORTALECER LA OPERACI�N DEL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A TRAV�S DE LOS PROYECTOS: REHABILITACI�N DE CLUB DE LA TERCERA EDAD EN ESTACION YAGO Y RECONSTRUCCI�N DE PARQUE INFANTIL.

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CONVENIO DE CONCERTACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO

FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL,

REPRESENTADA POR SU DELEGADO ESTATAL, EL C. C. JOSÉ ANTONIO ZEPEDA

LÓPEZ, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS DE FINANZAS, C.P. GERARDO

GANGOITI RUIZ; PLANEACIÓN Y COORDINADOR GENERAL DEL COPLADENAY,

LIC. PABLO MONTOYA DE LA ROSA Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL, LIC.

LAURA ALEJANDRA MONROY BERECOCHEA; POR OTRA PARTE EL H.

AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO IXCUINTLA, REPRESENTADO POR LOS C.C.

AMADO DE JESÚS MONTERO JAIME, PRESIDENTE MUNICIPAL; VICENTE

DOMÍNGUEZ CORONA, SECRETARIO; Y ENRIQUE CÁRDENAS CRUZ, SÍNDICO DEL

MISMO Y LA ORGANIZACIÓN DE MIGRANTES REPRESENTADA POR EL C. AMADO

VARGAS ZAVALZA; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA

SEDESOL”, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, “EL MUNICIPIO” Y “LOS MIGRANTES”,

RESPECTIVAMENTE; CON EL OBJETO DE FORTALECER LA OPERACIÓN DEL

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A TRAVÉS DEL PROYECTO REHABILITACIÓN

DE CLUB DE LA TERCERA EDAD EN ESTACIÓN YAGO, AL TENOR DE LOS

SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES desarrollo social y humano, la equidad en los programas y la igualdad en las oportunidades. En el Área de Desarrollo Social y Humano, señala como estrategias, capacitar y organizar a la población rural para promover su integración al desarrollo productivo del país.

Artículo 61 establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20

Desarrollo Social, se destinarán exclusivamente a la población en pobreza y marginación de acuerdo a los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía. coordinar a los ejecutivos federal y estatal para vincular los programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas publicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial, así como vincular las acciones de los programas que se deriven del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 que lleva a cabo el

Ejecutivo Federal, a través de las dependencias y entidades.

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Miércoles 15 de Febrero de 2006 Periódico Oficial 3

Por acuerdo de las partes, el citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las

Administraciones Públicas Federal y Estatal, para la planeación y ejecución de los programas y proyectos, acciones, obras y servicios, así como para el ejercicio de los recursos federales y estatales que se convengan; este Convenio operará anualmente a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución, y cuando participen los grupos sociales organizados se suscribirán convenios de concertación. instrumentado el Programa 3 X 1 para Migrantes, cuyo objetivo general es Apoyar las iniciativas de migrantes radicados en el extranjero, para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la Federación, estados, municipios y de los migrantes señalados, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el apartado de requisitos y procedimientos de selección, se establece que los proyectos a presentar deberán contar con la participación financiera de los clubes u organizaciones de migrantes en beneficio de sus comunidades de origen. radicados en el extranjero, han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa 3x1 para Migrantes para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes de una región en particular elegida por los propios migrantes.

DECLARACIONES

  1. Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda; coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida en lo que el Ejecutivo Federal, convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y el establecimiento de medidas de seguimiento y control; así como evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a favor de los estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas.

  3. Que el C. Delegado en el estado tiene facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, -----------------

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    Desarrollo Social

  4. Que las Secretarías de Finanzas, Planeación y Contraloría General, son

    Dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo 1º y 31 fracciones II, III y VI de la Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo del Estado de Nayarit.

  5. Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción X, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

  6. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de Palacio de

    Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y Mariano

    Abasolo Zona Centro, Código Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.

  7. Que el Municipio de Santiago Ixcuintla, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

    Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

    Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

  8. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Santiago

    Ixcuintla; el Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Convenio con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción

    II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

  9. Que señala como domicilio para todos los efectos de éste instrumento el de la

    Presidencia Municipal de Santiago Ixcuintla, Nayarit.

    UNICA. Que es su voluntad fortalecer y participar en la operación del Programa 3x1 para

    Migrantes, mediante la realización del proyecto objeto de este convenio.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 25, 26, 105, 115, y 116 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la

    Administración Pública Federal; 33, 34, 37, 38, 39 y 44 de la Ley ----------------------------------

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    Miércoles 15 de Febrero de 2006 Periódico Oficial 5 de Planeación; 2 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 25, 49, 50, 52, 53 y 61del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005; las Reglas de

    Operación del Programa 3x1 para Migrantes publicadas en el Diario Oficial de la

    Federación el 18 de febrero de 2005; 1, 2, 36 fracción VII y 44 fracción IX del Reglamento

    Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; 72, 73 y 76 de la Constitución Política del

    Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1°, 4°, 18, 26, 30 fracción X, 31 fracciones II, III y VI, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13 y 14 de la Ley de Planeación del Estado de Nayarit; 2°, 3°, 5°, 64 fracciones VI y IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; y las

    Cláusulas aplicables del Convenio para el Desarrollo Social y Humano del Estado de

    Nayarit; las partes celebran el presente Convenio de Concertación, al tenor de las siguientes

    C L Á U S U L A S

    PRIMERA.- “LA SEDESOL”, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, “EL MUNICIPIO” y “LOS

    MIGRANTES”, convienen en conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación del Programa 3x1 para Migrantes, a través de la participación en la ejecución del proyecto emanado de la priorización, asignación, validación y dictaminación por las partes firmantes dentro del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM), que tiene por objeto apoyar las iniciativas de migrantes para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la Federación, del Estado, del municipio y de los propios migrantes, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

    SEGUNDA.- La población objetivo del Programa del presente convenio la constituyen las personas que habitan en localidades en condiciones de pobreza o marginación de acuerdo a los criterios que determine “LA SEDESOL”, que requieran del mejoramiento de la infraestructura social básica y desarrollo de proyectos productivos, y que sean seleccionadas por los migrantes.

    TERCERA.- Las partes acuerdan que la instancia ejecutora de este proyecto, obra o acción será “EL MUNICIPIO”, en lo sucesivo “EL EJECUTOR”, quién será el responsable de ejecutar los recursos asignados a la obra, acción o proyecto en el marco del Programa jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público.

    CUARTA.- Los proyectos a financiarse deberán...

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