Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Baja California, que tiene por objeto reasignar recursos para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción del camino rural Puertecitos-Laguna de Chapala, en dicha entidad federativa

Fecha de disposición09 Enero 2007
Fecha de publicación09 Enero 2007
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Baja California, que tiene por objeto reasignar recursos para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción del camino rural Puertecitos-Laguna de Chapala, en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SCT, REPRESENTADA POR SU TITULAR, PEDRO CERISOLA Y WEBER, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, JORGE FERNANDEZ VARELA Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT BAJA CALIFORNIA, HECTOR JOSE GOMEZ RODRIGUEZ Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR EUGENIO ELORDUY WALTHER, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR LOS CC. BERNARDO MARTINEZ AGUIRRE, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; ARMANDO ARTEAGA KING, SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS; ARTURO ESPINOZA JARAMILLO, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO; Y CARLOS ALBERTO CERDA ARIZMENDI, DIRECTOR DE CONTROL Y EVALUACION GUBERNAMENTAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el contribuir al logro de los objetivos de comunicaciones y transportes.

II El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, dispone en el segundo párrafo del artículo 16, que las Dependencias o Entidades que requieran suscribir Convenios de Coordinación y Reasignación, deberán apegarse al Convenio modelo emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

III Asimismo, el Decreto invocado dispone que los Convenios a que se refiere el antecedente anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva Dependencia Coordinadora de Sector con los Gobiernos de las Entidades Federativas.

IV La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) B de la SHCP mediante oficio No. 312.A.-001845 de fecha 22 de diciembre, 2005 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

I.- Declara “LA SCT:

1.- Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

2.- Que tiene entre otras facultades las de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

3.- Que su Titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

II.- Declara la ENTIDAD FEDERATIVA:

1.- Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Baja California y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.

2.- Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 40 y 49 de la Constitución Política del Estado de Baja California y 2o. y 6o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California y demás disposiciones locales aplicables.

3.- Que de conformidad con los artículos 17, 19, 24, 25 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Planeación y Finanzas, de Infraestructura y Desarrollo Urbano, y por el Director de Control y Evaluación Gubernamental.

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 14, 16 y quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006; así como en los artículos 1, 4, 40, 49, 50 y 52 de la Constitución Política del Estado de Baja California y los artículos 2o., 6o., 7o., 17, 19, 24, 25 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción del camino rural Puertecitos-Laguna de Chapala en el Estado de Baja California, transferir a aquélla responsabilidades; la aplicación que se dará a...

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