Convenio de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Baja California, así como su Anexo de Ejecución 2003

Fecha de disposición23 Enero 2004
Fecha de publicación23 Enero 2004
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Baja California, así como su Anexo de Ejecución 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA PLANEACION, INSTRUMENTACION Y EJECUCION DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CAPACITACION (PAC), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, EN ADELANTE DENOMINADA LA SECRETARIA , REPRESENTADA POR SU TITULAR, LICENCIADO CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, CON LA ASISTENCIA DEL INGENIERO RAUL ALBERTO NAVARRO GARZA, OFICIAL MAYOR, DEL INGENIERO FRANCISCO XAVIER SALAZAR SAENZ, SUBSECRETARIO DE DESARROLLO HUMANO PARA EL TRABAJO PRODUCTIVO Y DEL LICENCIADO RAUL HERRERA VEGA, DIRECTOR GENERAL DE CAPACITACION; Y POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL EJECUTIVO ESTATAL , REPRESENTADO POR EL C. EUGENIO ELORDUY WALTHER, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL C. BERNARDO H. MARTINEZ AGUIRRE, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, CON LA COMPARECENCIA DEL C. SERGIO FRANCISCO TAGLIAPIETRA NASSRI, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO, EL C. ARMANDO ARTEAGA KING, SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, EL C. RAFAEL AYALA LOPEZ, SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y EL C. JOSE CERVANTES GOVEA, CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Entre los objetivos de la planeación nacional del gobierno federal, en materia laboral, se encuentra el compromiso de elevar el potencial productivo de los trabajadores y motivar su desarrollo para alcanzar el crecimiento sostenido de la producción;

  2. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2003-2006, suscrito entre el Ejecutivo Federal y EL EJECUTIVO ESTATAL, con vigencia del 1 de enero de 2003 al 30 de noviembre de 2006, tiene por objeto coordinar a los ejecutivos Federal y Estatal para vincular los programas, acciones y recursos, con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial, así como vincular las acciones de los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 que lleva a cabo el Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, que sean congruentes con la planeación del desarrollo integral del Estado.

    Por acuerdo de las partes, el citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las Administraciones Públicas Federal y Estatal, para la planeación y ejecución de los programas, proyectos, acciones, obras y servicios, así como para el ejercicio de los recursos federales y estatales que se convengan; y operará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución, y cuando participen grupos sociales organizados se suscribirán convenios de concertación;

  3. Con el fin de contribuir al cumplimiento del objetivo antes señalado, LA SECRETARIA ha venido operando el Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), el cual se orienta a realizar, conjuntamente con las empresas y sus trabajadores, acciones en materia de capacitación y mejora continua, que coadyuven a la protección de las fuentes de trabajo, así como al mejoramiento de las condiciones del personal que labora en las micro, pequeñas y medianas empresas, buscando que éstas sean más competitivas y sus trabajadores más productivos. Este Programa es financiado parcialmente con recursos derivados de un contrato de préstamo celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los Estados Unidos Mexicanos, en el marco del Programa Multifase de Apoyo a la Capacitación y al Empleo (PACE);

  4. Las condiciones actuales del mercado laboral, hacen necesaria la participación activa de los ejecutivos de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los sectores productivos, para lograr un mayor alcance y congruencia en materia de capacitación, tanto de trabajadores en activo como de empleadores, de acuerdo a las necesidades reales imperantes en las demarcaciones territoriales de las mismas;

  5. En virtud de lo anterior, el Ejecutivo Federal ha estimado conveniente innovar la política pública del sector laboral, coordinando esfuerzos con los gobiernos de las entidades federativas para la planeación, instrumentación y ejecución del PAC, mediante la celebración de convenios de coordinación como medio para su ejecución, y

  6. En materia de desarrollo económico, el Gobierno del Estado de Baja California, plasmó como objetivo específico en el Plan Estatal de Desarrollo 2002-2007, desarrollar el potencial y las habilidades laborales de las personas e incrementar las oportunidades de acceso a los espacios de preparación para el trabajo, permitiendo así a las personas que lo requieran, aspirar a un desempeño profesional mejor remunerado; con una perspectiva de género y en búsqueda de la perfección por la calidad para la competencia, para lo cual definió como líneas estratégicas, impulsar la vinculación de los sectores público y privado para mejorar la calidad de la actividad laboral, promover la realización de programas de capacitación diversa para empleados, con un enfoque humanista y diseñar un sistema de capacitación permanente para adecuar y vincular a dirigentes de organizaciones de los sectores productivos, para inducirles a una nueva cultura del trabajo.

    DECLARACIONES

  7. Declara LA SECRETARIA, por conducto de su representante que:

    I.1.- Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2o. y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y que en términos de lo previsto por el artículo 40 fracciones II, VI y XVII, de dicho ordenamiento legal, tiene entre otras atribuciones, procurar el equilibrio entre los factores de la producción, promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo y estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación del país.

    I.2.- El licenciado Carlos María Abascal Carranza, Secretario del Trabajo y Previsión Social, tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de LA SECRETARIA.

    I.3.- Como parte de la política pública del sector laboral federal, está de acuerdo en hacer partícipe a EL EJECUTIVO ESTATAL, en la planeación, instrumentación y ejecución del PAC, mediante la celebración del presente Convenio.

    I.4.- Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en avenida Anillo Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, Distrito Federal, código postal 14149.

  8. Declara EL EJECUTIVO ESTATAL, por conducto de su representante:

    II.1.- El Estado de Baja California es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

    II.2.- El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado, quien está facultado para proveer en la esfera administrativa todo lo que estime conveniente para el más exacto y eficaz cumplimiento de sus atribuciones, pudiendo convenir para la realización de cualquier propósito en beneficio colectivo, es por ello que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 40 y 49 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 2, 3, 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, el titular del Poder Ejecutivo cuenta con las facultades necesarias para celebrar el presente Convenio.

    II.3.- De conformidad con lo establecido por los artículos 48, 50 y 52 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, todos los acuerdos y disposiciones que el Gobernador expida en uso de sus facultades, deben para su validez, ser autorizados con la firma del Secretario General de Gobierno, y también debe firmar de conocimiento el encargado del ramo a que el asunto corresponda.

    II.4.- La Secretaría de Desarrollo Económico del Estado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 17 fracción VI y 28 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene entre otros objetivos, promover programas ante instituciones especializadas referentes a la capacitación y adiestramiento de mano de obra que impulsan y mejoran la productividad del trabajo.

    II.5.- La Secretaría de Planeación y Finanzas, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 fracción III y 24 fracciones XII, XIII, XVI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, y entre sus atribuciones se encuentran revisar y, en su caso, aprobar los programas financieros y crediticios de la Administración Pública Centralizada, administrar los fondos y valores del Gobierno del Estado, incluyendo su aplicación, con base en el Presupuesto de Egresos; y llevar el ejercicio, control, seguimiento y evaluación del gasto público de EL EJECUTIVO ESTATAL...

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