Convenio Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima.

Fecha de publicación27 Febrero 2023
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
CONVENIO Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolesc
CONVENIO Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECER MECANISMOS DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, COLABORACIÓN, COORDINACIÓN Y ASESORÍA EN MATERIA DE PREVENCIÓN, PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL "DIF NACIONAL", A TRAVÉS DEL MTRO. OLIVER CASTAÑEDA CORREA, PROCURADOR FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASISTIDO POR LA MTRA. FANNY GUTIÉRREZ ROSARIO, DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN Y POLÍTICAS Y POR LA OTRA PARTE, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE COLIMA, EN ADELANTE "EL DIF ESTATAL", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LICDA. ROSA MARIA BAYARDO CABRERA, ASÍ COMO LA PROCURADURIA DE PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA, EN ADELANTE "LA PROCURADURÍA ESTATAL", REPRESENTADA POR LA LICDA. NORMA ARACELI CARRILLO ASCENCIO, ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA MISMA, Y A QUIENES AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SERÁN DENOMINADAS "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 05 de junio de 2019, "LAS PARTES" celebraron el Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, al que en lo sucesivo se hará referencia como "EL CONVENIO".
2. En "EL CONVENIO" se estableció como objeto en su cláusula PRIMERA:
"Establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, atendiendo a lo dispuesto en "LA LEY", y de conformidad con los respectivos ámbitos de competencia concurrente, federal y local.
Al respecto, para un mejor proveer en la aplicación del presente Convenio se determinan tres ejes temáticos a saber:
I. Coordinación y colaboración para la atención de casos;
II. Intercambio de información para la implementación y actualización de sistemas, registros y bases de datos; y
III. Asesoría para el diseño de lineamientos, modelos de atención, protocolos de actuación y procedimientos de restitución de derechos".
3. Respecto a los ejes temáticos señalados en el numeral anterior, "LAS PARTES" establecieron en las Clausula SEGUNDA y TERCERA del "EL CONVENIO" diversos compromisos, así como mecanismos para su ejecución.
4. En la cláusula SÉPTIMA de "EL CONVENIO" establecieron lo siguiente:
SÉPTIMA. "LAS PARTES", acuerdan nombrar como enlaces para efectos del cumplimiento del objeto del presente Convenio a:
a) Por EL "DIF ESTATAL" se nombra al Licenciado Adrián Menchaca García, con cargo de Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, el cual lo desempeñará por tiempo indefinido o cuando las partes decidan su cambio.
b) Por el "DIF NACIONAL", se nombra a la Licenciada Martha Yolanda López Bravo, con cargo de Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual lo desempeñará por tiempo indefinido o cuando las partes decidan su cambio.
5. En la cláusula DÉCIMA TERCERA de "EL CONVENIO" establecieron lo siguiente:
"Para la ejecución de las diversas acciones señaladas en el presente convenio general, "LAS PARTES" convienen la celebración de convenios específicos, los cuales deberán constar por escrito y describirán con precisión sus objetivos, las actividades a realizar, calendarios y lugares de trabajo, personal involucrado, enlaces y coordinadores o responsables, recursos técnicos materiales, publicación de resultados y actividades de difusión, controles de evaluación y seguimiento, así como aquellos aspectos y elementos necesarios para determinar sus propósitos, alcances y operación".
6. "LAS PARTES" establecieron en la cláusula DÉCIMA SEXTA de "EL CONVENIO":
"El presente convenio se podrá dar por terminado mediante aviso por escrito y con 30 días hábiles de anticipación, en el entendido de que los convenios específicos que se hayan celebrado en el marco del presente instrumento jurídico subsistirán en todas sus partes, salvo acuerdo en contrario de "LAS PARTES"
7. "LAS PARTES" establecieron en la cláusula DÉCIMA SÉPTIMA de "EL CONVENIO":
"El presente Convenio sólo podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente"
8. Mediante oficio 255.000.00/227/2021, la Dirección General de Coordinación y Políticas del "DIF NACIONAL", derivado de un análisis efectuado a los alcances de "EL CONVENIO", determina la necesidad de modificar el mismo, a efecto de contar con instrumentos jurídicos con mayor eficacia en cuanto a su ejecución y mayor versatilidad en cuanto a su objeto.
DECLARACIONES
I. El "DIF NACIONAL" declara:
I.1 Que el Mtro. Oliver Castañeda Correa, fue designado Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes por la Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia el 1º de octubre de 2020 y, ratificado por la Junta de Gobierno de ese Sistema, por lo que cuenta con las facultades para firmar el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17, fracciones XXVIII, XXIX y XXX, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.2 Que ratifica en todas y cada una de sus partes las declaraciones a su cargo, contenidas en "EL CONVENIO" y solamente las manifestaciones vertidas, así como los datos generales y específicos que cambien en su parte conducente se estarán a lo dispuesto en el presente convenio modificatorio.
I.3 Que conoce plenamente los alcances del objeto de este convenio, así como el objeto y todas las obligaciones contraídas a su cargo convenidas en el mismo y es su voluntad suscribirlo, sin que exista vicio alguno en su consentimiento.
II. "EL DIF ESTATAL" declara:
II.1 Que con fecha 28 de octubre de 2022 la Titular del Ejecutivo del Estado de Colima, con fundamento en la Fracción V del Artículo 58 de la Constitución Política del Estado de Colima, designó a la Licda. Rosa María Bayardo Cabrera, como Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima y de conformidad a lo estipulado en Artículo 64 y artículo 67 Fracción VII de la Ley del Sistema de Asistencia Social para el Estado deColima y el Reglamento Interno de el "DIF ESTATAL", está facultada para celebrar convenios, contratos y actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de éste Organismo.
II2 Que ratifica en todas y cada una de sus partes las declaraciones a su cargo, contenidas en "EL CONVENIO" y solamente las manifestaciones vertidas, así como los datos generales y específicos que cambien en su parte conducente se estarán a lo dispuesto en el presente convenio modificatorio.
I.3 Que conoce plenamente los alcances del objeto de este convenio, así como el objeto y todas las obligaciones contraídas a su cargo convenidas en el mismo y es su voluntad suscribirlo, sin que exista vicio alguno en su consentimiento.
III "LA PROCURADURÍA ESTATAL" declara:
III.1 Que es organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, creado mediante el decreto número 575, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Colima, del Gobierno Constitucional del Estado de Colima el 20 de octubre de 2018, y en términos del artículo 130 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, sectorizado a la Secretaria General del Gobierno del Estado.
III.2 Que de conformidad con el artículo 143, fracción X de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños yAdolescentes del Estado de Colima tiene como atribuciones las de...

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