Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Guanajuato y los municipios de Acámbaro, Celaya, Cortázar, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Irapuato, León, Moroleón, Pénjamo, Salvatierra, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria, Uriangato, Valle de Santiago y Villagrán.

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EmisorSecretaría de Gobernación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MIGUEL MÁRQUEZ MÁRQUEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN, EL C. JUAN IGNACIO MARTÍN SOLÍS; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. ALVAR CABEZA DE VACA APPENDINI, Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. LUIS MIGUEL AGUIRRE ARANDA, Y LOS MUNICIPIOS DE ACÁMBARO, CELAYA, CORTAZAR, DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, GUANAJUATO, IRAPUATO, LEÓN, MORELÓN, PÉNJAMO, SALVATIERRA, SAN FELIPE, SAN FRANCISCO DEL RINCÓN, SAN JOSÉ ITURBIDE, SAN LUIS DE LA PAZ, SAN MIGUEL DE ALLENDE, SILAO DE LA VICTORIA, URIANGATO, VALLE DE SANTIAGO Y VILLAGRÁN, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. GERARDO JAVIER ALCÁNTAR SAUCEDO, RAMÓN IGNACIO LEMUS MUÑOZ LEDO, HUGO ESTEFANÍA MONROY, JUAN RENDÓN LÓPEZ, EDGAR CASTRO CERRILLO, JOSÉ RICARDO ORTIZ GUTIÉRREZ, HÉCTOR GERMÁN RENÉ LÓPEZ SANTILLANA, JORGE ORTIZ ORTEGA, JUAN JOSÉ GARCÍA LÓPEZ, J. HERLINDO VELÁZQUEZ FERNÁNDEZ, MAURO JAVIER GUTIÉRREZ, YSMAEL LÓPEZ GARCÍA, JOSÉ CESAR RODRÍGUEZ ZARAZUA, GUILLERMO RODRÍGUEZ CONTRERAS, RICARDO VILLARREAL GARCÍA, JUAN ANTONIO MORALES MACIEL, CARLOS GUZMÁN CAMARENA, MANUEL GRANADOS GUZMÁN Y ANTONIO ACOSTA GUERRERO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del Presupuesto de Egresos de la

Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, en lo subsecuente "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2018", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2018, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Es parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 28, 29 y 32 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, a partir del 26 de septiembre de 2012; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 38, 77, fracciones XVIII, XXII inciso a) y XXVI de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 10 y 27, fracción I de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Paseo de la Presa, número 103, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 36000, Guanajuato, Guanajuato.

II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en: San Matías número 18, Colonia San Javier, Código Postal 36020, Guanajuato, Guanajuato.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106 y 107 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

III.2 Los Presidentes Municipales Constitucionales de Acámbaro, Celaya, Cortazar, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Irapuato, León, Moroleón, Pénjamo, Salvatierra, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria, Uriangato, Valle de Santiago y Villagrán, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 108, 117, fracción XI de la Constitución Política para el Estado Guanajuato; 77, fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, y demás disposiciones aplicables.

III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:

MUNICIPIO:
DOMICILIO:
Acámbaro
Andador Juárez No. 280 Centro Histórico, Acámbaro, Guanajuato México.
Celaya
Portal Independencia número 101, Zona Centro, Código Postal 38000, Celaya, Guanajuato.
Cortazar
Portal Constitución número 116, Zona Centro, Código Postal 38300, Cortazar, Guanajuato.
Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional.
Calzada de los Héroes número 77, Fraccionamiento San Cristóbal, Código Postal 37800, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato.
Guanajuato
Plaza de la Paz número 12, Colonia Centro, Código Postal 36000, Guanajuato, Guanajuato.
Irapuato
Palacio Municipal. Jardín Principal s/n, Colonia Centro, Código Postal 36500, Irapuato, Guanajuato.
León
Plaza Principal s/n, Zona Centro, Código Postal 37000, León, Guanajuato.
Moroleón
Calle Hidalgo No. 30, Zona Centro, Código Postal 38800 Moroleón, Guanajuato
Pénjamo
Presidencia Municipal, Calle Benito Juárez número 5, Zona Centro Código Postal 36900, Pénjamo, Guanajuato.
Salvatierra
Benito Juárez número 408, Zona Centro, Código Postal 38900, Salvatierra, Guanajuato.
San Felipe
Plaza Principal número 100, Código Postal 37600, San Felipe, Guanajuato.
San Francisco del Rincón
Presidencia Municipal. Plaza Principal s/n, Zona Centro, Código Postal 36300, San Francisco del Rincón, Guanajuato.
San José Iturbide
Plaza Principal 1, Zona Centro, Código Postal 37980 San José Iturbide, Guanajuato.
San Luis de la Paz
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