Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transporte y el Estado de Chihuahua, para la construcción de la tercera etapa del Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre en la localidad de Creel, Municipio de Bocoyna de dicha entidad federativa

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CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transporte y el Estado de Chihuahua, para la construcción de la tercera etapa del Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre en la localidad de Creel, Municipio de Bocoyna de dicha entidad federativa. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SCT", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, DR. CARLOS FERNANDO ALMADA LÓPEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT CHIHUAHUA, ING. EFRAÍN OLIVARES LIRA; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL LIC. CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO C. RAYMUNDO ROMERO MALDONADO, EL SECRETARIO DE HACIENDA, ING. JAIME RAMÓN HERRERA CORRAL, EL SECRETARIO DE ECONOMÍA, C. LIC. MANUEL ENRIQUE RUSSEK VALLES, EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS, ING. EDUARDO ESPERÓN GONZÁLEZ; Y LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA M.A.P. Y LIC. LIZ AGUILERA GARCÍA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPYP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-001681 de fecha 30 de mayo de 2014, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la "SCT" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

  3. DE LA SCT:

    1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir aeropuertos federales y cooperar con los Gobiernos de los Estados y las Autoridades Municipales en la construcción y conservación de obras de ese género.

    3. Que su Titular, el Lic. Gerardo Ruiz Esparza cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad s/n, Cuerpo "C", primer piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03028, México, D.F.

  4. DE LA ENTIDAD FEDERATIVA:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o. y 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 93 fracción XLI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 1, fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 2, 9, 24 fracciones I, II, III, IX y XIII, 25, 26, 28, 30 y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, este Convenio es también suscrito por los Secretarios: General de Gobierno, de Hacienda, de Economía, de la Contraloría y el Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

    4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son que le sean transferidos los recursos presupuestarios federales para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la construcción de la tercera etapa del Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre en la localidad de Creel Municipio de Bocoyna del Estado de Chihuahua; para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Chihuahua, conforme a la ejecución de las obras señaladas en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente instrumento.

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, calle Aldama No. 901, colonia Centro, código postal 31000, Chihuahua, Chihuahua.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción VI, 3, 4 y 6 fracciones I, II y III de la Ley de Aeropuertos; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; así como los artículos 1o., 2o., 30 y 93 fracción XLI de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; los artículos 24, 25, 26, 28, 30, y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; y Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente convenio al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de la construcción de la tercera etapa del Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre en la localidad de Creel Municipio de Bocoyna del Estado de Chihuahua; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se menciona:

    PROGRAMA
    IMPORTE
    (Millones de pesos)
    Construcción de la 3a. etapa del Aeropuerto Regional Barrancas del Cobre en la localidad de Creel Municipio de Bocoyna.
    200

    El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio.

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

    SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $ 200´000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.

    Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de Hacienda de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a LA SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.

    Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD FEDERATIVA en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal.

    A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ENTIDAD FEDERATIVA deberá observar los siguientes criterios para asegurar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales reasignados:

    PARÁMETROS

    LA ENTIDAD FEDERATIVA, por...

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