Constitución de la institución educativa

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas51-64

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La institución educativa se conforma de lo siguiente:

A Personas

No obstante que el CCF no lo señala expresamente, de la interpretación del concepto de asociación civil se infiere que para constituir una asociación civil dedicada a la enseñanza, se requiere mínimo de dos personas, sin tener un límite máximo de asociados.

B Patrimonio

El patrimonio de las instituciones educativas se conformará por las aportaciones de los asociados y por el conjunto de activos (bienes y derechos) de carácter económico que adquiera la asociación por cualquier medio lícito y por sus obligaciones.

Estas instituciones educativas no obtienen utilidades, sólo pueden tener incrementos patrimoniales, los cuales deben invertirse para la consecución de sus fines sociales.

C Contrato de la institución educativa

El contrato por el que se constituye una institución educativa debe constar por escrito. Asimismo, deberá contener los datos siguientes:

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1. El nombre de los asociados.

2. La razón social o denominación.

3. El objeto, duración y domicilio.

4. El capital social, si lo hubiere y la aportación con que cada asociado deba contribuir.

5. En su caso, la manera de distribuirse las utilidades y pérdidas.

6. El nombre de los administradores y las facultades que se les otorguen.

7. El carácter de los asociados y su responsabilidad ilimitada cuando la tuvieren.

8. La fecha y la firma del registrador.

Generalmente en la práctica se usan las abreviaturas "A.C." después de la razón social, aun cuando no hay disposición expresa en el CCF que así lo señale.

Las instituciones educativas se regirán por sus estatutos, los que deberán estar inscritos en el registro público para que produzcan efectos contra terceros.

(Arts. 2671, 2673 y 3072, CCF)

Enseguida se muestra el modelo de un contrato de constitución de una asociación civil dedicada a la enseñanza.

CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL DEDICADA A LA ENSEÑANZA

LIBRO SETENTA.-----------------------------------------------------------

NUMERO CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA.--------------------------------

México, Distrito Federal, a cinco de febrero de dos mil dieciséis.--------------------

ARTURO GÓMEZ CARDONA, Notario número Doscientos Ochenta y Seis del Distrito Federal, hago constar EL CONTRATO DE ASOCIACIÓN CIVIL, que otorgan los señores DIEGO ROMERO TORRES, ALFREDO ROMERO TORRES, GRACIELA SUAREZ ORTEGA y ANTONIETA CHAVEZ ROSAS, al tenor de los estatutos que siguen a la inserción del permiso otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores, el día nueve de noviembre de dos mil dieciséis, que agrego al apéndice de esta escritura con la letra "A" y que es del tenor literal siguiente:----------------------------------------------------------

"Al margen superior derecho:------------------------------------------------

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.----------------------------------

DIRECCIÓN DE PERMISOS ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.-----------------------

SUBDIRECCION DE SOCIEDADES.---------------------------------------------

Un código de barras:-------------------------------------------------------

PERMISO: 0940,636--------------------------------------------------------

EXPEDIENTE:20033090227447-----------------------------------------------

FOLIO :28041225 ----------------------------------------------------------

Al margen superior izquierdo:------------------------------------------------

El Escudo Nacional.---------------------------------------------------------

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS-----------------------------------------------

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.--------------------------------------

Al centro:----------------------------------------------------------------

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En atención a la solicitud presentada por el(la) C. ANTONIO ROJAS LÓPEZ esta Secretaría

concede el permiso para constituir una ACbajo la denominación:-------------------

---------------------------COLEGIO MÉXICO, AC-------------------------

Este permiso, quedará condicionado a que en los estatutos de la sociedad que se constituya, se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo que establecen los artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.-------------------------

El interesado, deberá dar aviso del uso de este permiso a la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo, de conformidad con lo que establece el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera

y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.-------------------------------

Este permiso quedará sin efectos si dentro de los noventa días hábiles siguientes a la fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la constitución de que se trata, de conformidad con lo que establece el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Inversiones Extranjeras y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; asimismo se otorga sin perjuicio de lo

dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Propiedad Industrial.----------------

Lo anterior se comunica con fundamento en los artículos: 27 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 28 fracción Vde la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 13, 14y 18 del Reglamento

de la Ley de Inversión Extranjera del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.-------

TLATELOLCO, D.F., a 09 de Noviembre de 2016----------------------------------

SE EXPIDE CON FUNDAMENTO EN EL ART. 14 FRAC. VI----------------------------

DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LAS.R.E.---------------------------------------

EL SUBDIRECTOR-----------------------------------------------------------

RAMIRO TRELLES ROSADO---------------------------------------------------

Rúbrica ilegible.------------------------------------------------------------

Un sello con el Escudo Nacional que dice:---------------------------------------

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-----------------------------------------------

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.--------------------------------------

NOV. 11 2016------------------------------------------------------------

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS"---------------------------------

-------------------------------ESTATUTOS..............................

ARTICULO PRIMERO.- La Asociación se denominará COLEGIO MÉXICO e irá seguida de las palabras ASOCIACIÓN CIVIL o de su abreviatura A.C.--------------------------

ARTICULO SEGUNDO.- El domicilio de la Asociación es la ciudad de México, Distrito Federal, pero podrá establecer locales u oficinas agencias y señalar domicilios convencionales en cualquier parte de la República Mexicana y del extranjero.--------------

ARTICULO TERCERO.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido.-------

ARTICULO CUARTO.- La Asociación tendrá por objeto:----------------------------

a).- Promover, facilitar o llevar a cabo la agrupación de todos aquellos profesionistas de las ramas de las Licenciaturas en Contaduría, Derecho y otras carreras afines, con la finalidad de difundir, realizar, promover y desarrollar el estudio e investigación de tópicos fiscales y demás complementarios o alternos, a nivel nacional e internacional.------

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b).- Proporcionar capacitación general en materia fiscal, jurídica, administrativa o empresarial a estudiantes, profesionistas, docentes, empleados, nacionales o extranjeros, mediante la impartición de cursos, talleres, conferencias, mesas redondas, simposios, o bien a través de licenciaturas, maestrías, diplomados y demás especialidades con programas de estudio aprobados por las autoridades correspondientes y previos los permisos de las instituciones o autoridades competentes en sus respectivas disciplinas.-------------------------------

c).- Pugnar y coadyuvar con las autoridades fiscales locales y federales, a implementar la cultura fiscal entre todos los ciudadanos, mediante la difusión a través de la utilización de los medios de comunicación existentes.-------------------------------------

d).- Procurar la dignificación y honorabilidad de los profesionistas de las disciplinas fiscales y carreras afines, vigilando el estricto cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales en la actuación de todos y cada uno de sus asociados.--------------------

e).- La edición, publicación e impresión de libros, folletos, revistas, programas computacionales, cassettes, videos, discos compactos y cualquier otra forma de comunicación visual o auditiva, para fomentar y faciIitar el estudio y la investigación en materia jurídica fiscal y temas afines.-f).- Colaborar con las autoridades correspondientes, grupos parlamentarios, organizaciones, instituciones, mediante la presentación de estudios y propuestas para el mejoramiento de las leyes y reglamentos en las disciplinas jurídico fiscales.----------------------------

g).- Difundir conocimientos de tipo práctico, teórico o de la naturaleza que ésta sea con la finalidad de obtener los mejores y mayores beneficios para los asociados.----------

h).- Fomentar la práctica y el cultivo de manifestaciones sociales, culturales, deportivas y educativas, para mejorar la convivencia social entre los asociados.------------------

i).- Proporcionar consultas y asesorías tanto en materia jurídica como fiscal o de naturaleza análoga.-------------------------------------------------------------

j).- La compraventa, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes muebles e inmuebles de los exclusivamente necesarios para el buen cumplimiento de sus fines...

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