Constitución y derechos humanos: ¿una quimera?

AutorPascual Alberto Orozco Garibay
CargoPascual Alberto Orozco Garibay es profesor de derecho constitucional en la Escuela Libre de Derecho y doctor en derecho por la misma institución.
Páginas14-14
LA VOZ Y LA PLUMA DE LOS JURISTAS 25
24 abogacía Agosto 2021
Constitución y
derechos humanos:
¿una quimera?
Pascual Alberto Orozco Garibay
Durante los últimos 10 años, tanto la Suprema Corte de
Justicia de la Nación como muchos doctrinarios se han
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coherente los derechos humanos como el eje principal
de nuestra Constitución y del Estado mexicano.
Surgió un gran optimismo al respecto y se habló de un nuevo
paradigma, del bloque de constitucionalidad (Constitución y
tratados internacionales en materia de derechos humanos), de la
importancia del control constitucional, tanto difuso1 (a cargo de
todos los jueces) como concentrado (por el pleno de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación) a través de las controversias cons-
titucionales, las acciones de inconstitucionalidad y la declaratoria
general de inconstitucionalidad.2
Se hizo hincapié en algunos de los derechos humanos: paridad
de género, no discriminación, matrimonio igualitario, protección de
datos personales y derecho a la información, a la salud, a un medio
ambiente sano, a los derechos de toda persona imputada y de
las víctimas, a la libre concurrencia y competencia económica,
entre otros.
La doctrina mexicana, a partir del siglo XXI, se
abocó a desarrollar y fundamentar los derechos
humanos.3 Era necesario ese análisis, que vino a
enriquecer la teoría constitucional; sin embargo,
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nido y sus alcances.
Hoy en día lo realmente importante es pre-
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en la vida diaria. Debemos voltear la mirada a
nuestra realidad y realizar un análisis crítico de
cuáles de esos múltiples derechos son letra muerta
y lo que se tiene que hacer para que cobren vida.
De la misma manera, la Constitución debe
contemplarse no solamente como un conjunto de
normas jurídicas o de principios que van a per-
mear todo el ordenamiento jurídico, sino también
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económicos y sociales.
Nuestra Ley Suprema, además de ser un pará-
metro de validez y jerarquía de todas las normas
Las reformas constitucionales de 2011 y
la incorporación a nuestra Carta Magna
de los tratados internacionales en ma-
teria de derechos humanos generaron
un gran optimismo. Sin embargo, una
década después, numerosos derechos
humanos no se han materializado en la
vida concreta de las personas y se han
convertido en letra muerta. El autor
alza la voz para exigir que hagamos de
ellos una realidad y no un ideal.
Los académicos deben co-
rroborar con datos duros
-
tenido normativo de nues-
tra Carta Magna, así como
de los derechos humanos
plasmados en la misma,
y tomar esos datos como
punto de partida para
plantear nuevas alternati-
vas para su solución.”
Las cifras anteriores nos permiten corroborar que existen
derechos humanos que son una quimera para muchos mexi-
canos, por lo cual es importante que los que tenemos voz
exijamos por los que no son escuchados, y presionemos para
éstas
repercutan a favor de los millones de pobres, desempleados
e indígenas y evitar que la migración hacia Estados Unidos
siga aumentando.
Es necesario que los recursos públicos se destinen a generar
fuentes de trabajo, a hacer accesible a todos los servicios de
salud y educación, a combatir la inseguridad y a disminuir la
pobreza y la marginación que existe en nuestro país.
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sean una realidad cotidiana para todos y no un bello ideal. 7
Pascual Alberto Orozco Garibay es profesor de derecho constitucional en la Escuela Libre de Derecho y doctor en derecho por la misma institución.
1
Artículo 133 constitucional, segundo párrafo.
2
Artículos 105 y 107-II constitucionales.
3
Por ejemplo, las obras de Elisur Arteaga Nava, Garantías individuales, Oxford University Press, México, 2009; Miguel Carbonell, Los derechos fundamentales en México,
4ª ed., Porrúa/UNAM/CNDH, México, 2011; Miguel Carbonell y Pedro Salazar (coords.), La reforma constitucional de derechos humanos. Un nuevo paradigma, Porrúa/
UNAM, México, 2012, y Sergio García Ramírez y Julieta Morales Sánchez, La reforma constitucional sobre derechos humanos (2009-2011), Porrúa, México, 2011.
4
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5
Véase
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Consultado el 8 de agosto de 2019.
6
Véase
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Consultado el 28 de agosto de 2020.
7
Véase
https://planeacionibero.wordpress.com/2018/04/09/evaluacion-de-la-politica-de-desarrollo-social-2018-via-coneval/.
Consultado el 9 de agosto de 2019.
jurídicas y un freno al abuso del poder por distintos órganos
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las aspiraciones y las necesidades de los seres humanos que
como individuos y como integrantes de los diferentes grupos
sociales deben garantizarse, respetarse y promoverse, para
que puedan desarrollarse plenamente.
Tradicionalmente, desde el siglo XIX hasta nuestros días,
los constitucionalistas mexicanos han acudido a las fuentes
doctrinales estadounidenses y europeas y poco se han ocupado
de profundizar en lo que ocurre realmente en nuestro país.
Los académicos deben corroborar con datos duros la falta

así como de los derechos humanos plasmados en la misma, y
tomar esos datos como punto de partida para plantear nuevas
alternativas para su solución. Las estadísticas, tanto del Ins-
tituto Nacional de Estadística y Geografía como del Consejo
Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social,
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Podemos enunciar algunos ejemplos:
En 2018 existían 125 millones de mexicanos, de los cuales
52.4 millones de personas se encontraban en situación de
pobreza, y 9.3 millones, en pobreza extrema.4
De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social en el Informe de Evaluación
2008-2018, “el 27.9 por ciento de los indígenas se encuen-
tran en pobreza extrema; el 41.6 por ciento en pobreza
moderada, el 21.2 por ciento se encuentra vulnerable por
ingresos y únicamente el 6.9 por ciento no es ni pobre ni
vulnerable”.5
La cantidad de migrantes mexicanos que residían en Esta-
dos Unidos en 2018 era de 12,300,000.6
En 2016 el nivel de las carencias sociales en la población
mexicana era muy grave: “Por acceso a los servicios de
la salud, 19.1 millones; por acceso a la seguridad social,
68.4 millones; por calidad y espacios de la vivienda, 14.8
millones; por acceso a los servicios básicos de la vivienda,
23.7 millones; por acceso a la alimentación, 24.6 millones,
y por rezago educativo, 21.3 millones”.7

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