Conclusiones sobre la utilidad de las Reglas Incoterms®

AutorRafael Sosa C.
Páginas277-282

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Algunas de las conclusiones a las que se pueden llegar al inal de este documento son las siguientes:

Las Reglas Incoterms® contienen términos Internacionales de Comercio utilizados a nivel mundial que permiten la determinación de derechos y obligaciones tanto de vendedores como compradores en el comercio internacional.

Datan de 1812, son actualizados cada diez años y su última versión es la que entró en vigor en enero de 2010. No obstante, cada 2 años se publican Criterios de aplicación y Notas de Interpretación Complementarias.

Son elaborados por expertos de la Cámara de Comercio Internacional (organización empresarial a nivel mundial).

Sirven para facilitar el comercio internacional al ser reglas de interpretación uniforme que dan seguridad y certidumbre en la aplicación de lo negociado con lo que se evitan malentendidos.

Facilitan el comercio internacional de muchas formas, por principio de cuentas proporcionan reglas de interpretación uniforme para las Partes con ello se obtiene seguridad y certidumbre en la aplicación de lo negociado, además obligan a delimitar el lugar de entrega, el pago de gastos inherentes hasta poner la mercancía a disposición del comprador en un punto determinado, tratan también del aseguramiento y de quién se encargará de contratarlo y en su caso, pagarlo, de igual forma, las características y responsabilidad en cuanto al envase, embalaje, despacho aduanal (trámites), aspectos de seguridad en el transporte, así como las maniobras de carga y descarga de la mercancía.

Se identiican por siglas para su mejor manejo; y existen 11 juegos de siglas.

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Dentro de los Incoterms® los extremos son el EXW cuya característica principal radica en la ausencia casi total de responsabilidades para el vendedor, ya que la mercancía se pone a disposición del comprador en el domicilio (fábrica) del vendedor; y su contraparte el término DDP con el cual el vendedor inaliza su responsabilidad cuando la mercancía está a disposición en el lugar asignado del país de importación y el vendedor debe asumir todos los riesgos y costos incluyendo aranceles, impuestos y otros gastos para la entrega de la mercancía, con los trámites aduaneros efectuados para su importación.

Que los siguientes términos se aplican a transporte marítimo siempre y cuando el vendedor tenga la posibilidad de entregar directamente las mercancías.

FAS (Free alongside ship): Libre junto (a un lado) al barco.

FOB (Free on board): Libre a bordo.

CFR:(Cost and Freight): Costo y Flete
CIF: (Cost, insurance and freight): Costo, seguro y lete.

Que los Revised American Foreign Trade Deinitions (RAFTD), Las Deiniciones Revisadas del Comercio...

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