De la Compra de Esperanza

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas366-366

ARTÍCULO 2792.

Concepto de compra de esperanza

Se llama compra de esperanza al contrato que tiene por objeto adquirir por una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca en el tiempo fijado, tomando el comprador para sí el riesgo de que esos frutos no lleguen a existir; o bien, los productos inciertos de un hecho, que puedan estimarse en dinero.

El vendedor tiene derecho al precio aunque no lleguen a existir los frutos o productos comprados.

ARTÍCULO 2793.

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