Competencia Constitucional de las Autoridades de Trabajo

AutorAlejandro Gérard Bertrand/Carlos Alejandro Corona Rabía
Páginas569-574
I.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Título Once
Autoridades del Trabajo y
Servicios Sociales
Capítulo II
Competencia Constitucional de las Autoridades de
Trabajo
Aplicación de normas laborales
Artículo 527. La aplicación de las normas de trabajo
corresponde a las autoridades federales, cuando se
trate de:
Ramas industriales y de servicios:
Textil;
Eléctrica;
Cinematográfica;
Hulera;
Azucarera;
Minera;
Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de
los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los
mismos, así como la obtención de hierro metálico y

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