Decreto No. 342 Se Reforma el Segundo Párrafo del Artículo 6º; Se Reforma el Artículo 27; y Se Reforma la Fracción Ii del Artículo 56, de La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima y Se Reforma el Primer Párrafo del Artículo 22; Se Suprime el Segundo Párrafo, Pasando el Tercero a Ser Segundo en El Artículo 28; y Se Reforman los Artículos 49 y 213, del Reglamento de La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Colima

Fecha de disposición19 Julio 2008
Fecha de publicación19 Julio 2008
SecciónAnexos
Número de Gaceta30

DECRETO No. 342

SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 6º; SE REFORMA EL ARTÍCULO 27; Y SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 56, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE COLIMA Y SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 22; SE SUPRIME EL SEGUNDO PÁRRAFO, PASANDO EL TERCERO A SER SEGUNDO EN EL ARTÍCULO 28; Y SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 49 Y 213, DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 2615/08 de fecha 24 de junio de 2008, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto, presentada por el Diputado David Rodríguez Brizuela, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, relativa a reformar los artículos 56, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 49 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, que dentro de su exposición de motivos establece que:

* Nuestro Estado tiene una larga tradición indígena, que ha llegado hasta nuestros días para enriquecer todas nuestras expresiones sociales y culturales.

* Incluso el nombre de Colima que significa "Lugar donde domina el Dios de Fuego" (haciendo referencia al volcán del mismo nombre), lo que nos vincula con nuestras raíces indígenas.

* Sin embargo, no obstante su permanencia y vigor, las comunidades indígenas arrastran los estragos del subdesarrollo y la marginación.

* En el Congreso, se encuentran en comisiones las iniciativas del Grupo Parlamentario del PAN y la que impulsa nuestro compañero Diputado José Fermín Santana, que desde su visión proponen la creación de la Ley de Defensa de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Colima. Estos documentos revisten singular importancia en cuanto proponen políticas para salvaguardar, precisamente, de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, y el reconocimiento y protección de sus normas de organización interna, tanto en sus relaciones familiares, vida civil, comunitaria y solución de conflictos.

* Nuestra entidad es asiento de comunidades originarias que han dejado su huella en la historia de Colima, pero también es territorio de trabajo y tránsito de indígenas migrantes. Tan solo en el Municipio de DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVOCuauhtémoc, al año se reciben alrededor de 600 indígenas del Estado de Guerrero que vienen a ejecutar trabajos agrícolas relacionados con el cultivo de la caña.

* Los problemas a los que se enfrentan este sector de la población no ha sido desatendido por las políticas sociales del Gobernador del Estado Jesús Silverio Cavazos Ceballos, sin embargo, los asuntos indígenas requieren para su atención de la participación integral de los sectores público y social. Es decir, los problemas económicos y sociales deben de ser atendidos, desde una Ley que establezca las bases rectoras, pero involucrando a todos los niveles de gobierno y a la propia sociedad colimense. En esta integralidad para la atención de los asuntos indígenas, el congreso no debe ser omiso, sino por el contrario, se debe constituir en un factor de gestión pública y legislación, que se sume para fortalecer las políticas públicas en esta materia.

* La integralidad es asumir entre todos la atención de un problema. Por esa razón propongo en esta iniciativa que el Congreso del Estado integre un órgano colegiado que asuma el estudio y dictamen de los expedientes que nos sean presentados en materia de derechos indígenas, de esta manera, las acciones legislativas, peticiones ciudadanas y gestión social que tengan como materia la salvaguarda de derechos indígenas tendrán una instancia especifica para su revisión y dictamen.

SEGUNDO.-

Que mediante oficio número 2647/08 de...

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