Codigo de Etica para las y los Servidores Publicos del Regimen Estatal de Proteccion Social en Salud en Tlaxcala

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD EN TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el martes 13 de marzo de 2019.

AUTORIZACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA

En cumplimiento a los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 5 y 84 BIS-T fracción IV de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala.

AUTORIZÓ

C.P. Giovanna Dy Aguilar Meza.

Encargada del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala

Rúbrica

Contenido

  1. Exposición de motivos

  2. Misión y Visión

  3. Estándares de comportamiento

  4. Sanciones administrativas

  5. Glosario

  6. Exposición de motivos

    El presente Código de Ética, hace públicos los estándares éticos que deben estar presentes en todo momento para los servidores públicos que integran el Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala, para que coadyuven a la prestación de servicios con calidad, estableciendo una guía de comportamiento esperado de cada servidor público en el desempeño de sus actividades, siempre con referencia a las prácticas comúnmente aceptadas en las profesiones de la salud, del servicio público y a las obligaciones laborales contraídas.

    Con esta medida los servidores públicos del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala, confirman su compromiso social como organismo público orientado a garantizar el derecho a la protección social de la salud de los tlaxcaltecas.

    Una administración pública, se define por su proceder cotidiano en todos los asuntos de gobierno, por tanto la actuación gubernamental debe ser con base en criterios éticos que mejoren el desempeño de acuerdo con las responsabilidades que tienen asignadas, actuando con transparencia y honestidad como requisitos indispensables de la función pública, precisando que la probidad es un principio fundamental del comportamiento de las y los servidores públicos.

    Sin embargo la sociedad tlaxcalteca tiene un rol importante en esta tarea, toda vez que debe participar de manera activa y corresponsable, mediante el ejercicio de la denuncia de cualquier acto de corrupción de los servidores públicos, así como evitar incurrir en este tipo de actos en su calidad de usuarios.

    Que de conformidad con los artículos 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se establecen la legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, la eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y la competencia por mérito, como los principios que rigen al servicio público. En este contexto, el presente Código de Ética, es un documento de observancia obligatoria para las y los servidores públicos que integran el Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala y por lo tanto un referente obligado en su actuación cotidiana ante los usuarios y beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud en la entidad.

    Para este propósito, se establecen un conjunto de valores éticos sobre los cuales se debe construir un gobierno eficiente, con una sólida cultura de servicio público, transparente y orientado a resultados.

    El Código de Ética, no pretende suplir leyes o reglamentos existentes, sino complementarlos y reforzarlos, al prescribir los principios éticos que deben guiar la actuación de los servidores públicos del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala, en el cumplimiento de sus facultades, funciones, tareas y actividades que corresponden a su puesto, cargo o comisión.

    Las y los servidores públicos del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala, están sujetos a un marco jurídico que regula el ámbito de sus facultades y competencias, así como su actuación cotidiana frente al ciudadano, es decir, su conducta pública.

    Habida cuenta de lo anterior, los servidores públicos del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala, refrendan su convicción institucional de que la conducta de las y los servidores públicos ante los usuarios, deberá apegarse a preceptos éticos que han probado en la práctica su valor y trascendencia para mejorar los servicios que proporciona, propiciar una convivencia y sinergia armónica entre el propio personal, y sobre todo, fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones públicas.

    El Código de Ética que se presenta a continuación regula la conducta y actuación de las y los servidores públicos del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en Tlaxcala y es de observancia general.

  7. Misión y Visión

    Misión

    Garantizar el acceso a los servicios de salud de la población sin seguridad social en el Estado de Tlaxcala, mediante su incorporación al Sistema de Protección Social en Salud, asegurando su protección financiera y vigilando la tutela de sus derechos.

    Visión

    Lograr la cobertura total de la población sin seguridad social en el Estado de Tlaxcala, efectuando las acciones necesarias para garantizar la calidad en los...

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