Codigo de Etica para los Servidores Publicos del Municipio del Nayar; Nayarit

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DEL NAYAR; NAYARIT

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Tercera del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el miércoles 20 de junio de 2012.

XXIV H. AYUNTAMIENTO DEL NAYAR; NAYARIT. CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DEL NAYAR; NAYARIT.

ANTECEDENTES.

El objetivo del Código de Ética del H. Ayuntamiento Del Nayar; Nayarit, es impulsar, fortalecer, y consolidar una cultura de respeto con los más alto (sic) valores éticos en que se debe sustentar la gestión gubernamental; con la convicción de que la administración pública municipal mejorará en la medida en que los individuos a quienes se ha encomendado el desempeño ético, profesional, y eficiente de su función pública se comprometan con valores, anteponiendo el interés general al personal, en un ámbito de legalidad.

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit, impone la obligación a los entes públicos de emitir su Código de Ética que contendrá reglas claras para que, en la actuación de los servidores públicos, impere invariablemente una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño en situaciones específicas que se les presenten, propiciando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad.

Que los principios rectores y obligaciones señalados en el Código de Ética, serán cumplidos por los servidores públicos de la administración pública municipal, sin perjuicios de las nomas (sic) consagradas en el ámbito jurídico.

Que en este sentido, los valores éticos orientadores de las actividades y prácticas de la función pública en el Ayuntamiento Del Nayar; Nayarit son: Profesionalismo, Responsabilidad, integridad, compromiso, rectitud, participación, servicios, respeto, competitividad, lealtad, legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Por lo anteriormente expuesto, este Honorable Ayuntamiento, de conformidad con lo que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, la Ley Municipal y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Publicos del Estado de Nayarit; aprueba y ratifica el Código de Ética del H. Ayuntamiento Del Nayar; Nayarit, en los siguientes términos:

CÓDIGO DE ÉTICA PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DEL NAYAR; NAYARIT.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 56
ARTÍCULO 1 El presente Código de Ética rige en el Municipio Del Nayar; Nayarit y será aplicable a todos los servidores públicos, y en general a todos los integrantes del H

Ayuntamiento. De igual forma, el contenido de este ordenamiento se aplicará a todo servidor que eventualmente se halle de tránsito en otro lugar con motivo del desempeño de su trabajo o en ejercicio de la función pública que representa.

ARTÍCULO 2 Los servidores públicos observarán el presente Código de Ética, y estará a su cargo la difusión del mismo entre el equipo de colaboradores y demás empleados del Municipio.
ARTÍCULO 3 El presente Código de Ética tiene como finalidad establecer principios, valores, cánones y virtudes en el ejercicio de la función pública, así como en el desempeño de cada uno de los servidores públicos que integran el H

Ayuntamiento de Del Nayar y los demás órganos del gobierno municipal. Asimismo, servirá de guía en la conducta de los mismos con el objeto de incentivar y mejorar la transparencia, calidad, efectividad y servicio en la institución gubernamental, así como fomentar la conducta ética de los funcionarios públicos que tienen la tarea de servir a la ciudadanía.

ARTÍCULO 4 El presente Código pretende que los servidores públicos se abstengan de propiciar prácticas que afecten las funciones o actividades de su administración

Deberán coadyuvar a la excelencia de la función que desempeñan, independientemente del cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el desempeño de sus labores.

ARTÍCULO 5 Para los efectos de este Código se entenderá por:
  1. Ayuntamiento: Órgano de Gobierno del Municipio de Del Nayar; Nayarit.; (sic)

  2. Código: El presente Código de Ética para los Servidores Públicos del Municipio Del Nayar; Nayarit;

  3. Funcionario o Servidor Público: Toda persona que desempeñe un empleo cargo o comisión dentro de la administración pública municipal, indistintamente del origen de su contratación.

  4. Municipio: El Municipio Del Nayar; (sic)

ARTÍCULO 6 Las disposiciones del presente Código, no son de ninguna forma complementarias o sustitutas de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, dado que es un conjunto de lineamientos, principios y valores a seguir en el ejercicio y desempeño de todos los servidores públicos del H

Ayuntamiento Del Nayar.

ARTÍCULO 7 El ejercicio de la función pública exige que el servidor público sea honesto, responsable, y recto en sus actos, tanto públicos como privados

En consecuencia, deberán sujetar sus decisiones y conducta a los principios universales de la ética, así como a las causas legítimas de los ciudadanos del Municipio y los contenidos ideológicos de la Nación, plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dejando de lado todo propósito ajeno a dichas causas.

CAPÍTULO II Artículos 8 a 56

DE LOS PRINCIPIOS EN LA FUNCIÓN PÚBLICA.

ARTÍCULO 8 Los principios que rigen el ejercicio y desempeño de la función pública se sustentan en: Bien Común, Legalidad, Justicia, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Integridad, Transparencia, Rendición de Cuentas, Contexto Cultural y Ecológico, Generosidad, Igualdad, Respeto a los derechos fundamentales, Liderazgo y Profesionalización.

BIEN COMÚN

ARTÍCULO 9 En todo momento, el servidor público actuará procurando el bien común, sin buscar intereses particulares ni beneficios personales, para familiares o amistades

Esto implica que el funcionario no se involucre en situaciones o actividades que signifiquen conflicto de intereses, personales o familiares en la labor que desempeña y en detrimento del bienestar de la sociedad.

ARTÍCULO 10 El servidor debe estar consciente de que la función que desempeña es un patrimonio que pertenece a la colectividad y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios particulares.

RESPONSABILIDAD

ARTÍCULO 11 El servidor deberá responder por las acciones realizadas en el ejercicio público, entendiendo el alto impacto social que tienen las acciones de Gobierno en la comunidad, su compromiso, es desempeñar las labores con esmero, dedicación, profesionalismo y vocación de servicio, así como responder de sus consecuencias que resulten de su actuar en el ejercicio de la función pública.
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