CÓDIGO DE ÉTICA DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS

Fecha de publicación27 Enero 2020
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 33Enero 27 de 2020 (Cuarta Sección)
ARTÍCULO SEGUNDO. - Quedan sin efecto aquellas disposiciones que se opongan a lo previsto en
el presente Acuerdo.
Dado por el ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, en las
instalaciones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado de
Aguascalientes, en la Ciudad de Aguascalientes, 22 de enero de 2020.
ATENTAMENTE
LIC. LUCÍA RIVERA RODRÍGUEZ
TITULAR DE LA UNIDAD INVESTIGADORA DEL ÓRGANO
INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS
El ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS,
en ejercicio que me confieren los artículos 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 13
de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción; 3°, 5° fracción I, 15 primer párrafo y 16 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 3° y 5° de la Ley del Procedimiento Administrativo del
Estado de Aguascalientes; 2° párrafo segundo fracción I, 5°, 44 fracción III, 45, 45 A, y 45 B de la Ley para el
Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 79, 80 fracción I y 81 fracción XIV del
Reglamento Interior del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos; y, DÉCIMO TERCERO del “Acuerdo
por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo
16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, tiene a bien expedir el ACUERDO mediante el
cual se emite el CÓDIGO DE ÉTICA DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS”, al
tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. Que, en el ejercicio de las atribuciones y facultades del Órgano Interno de Control del Patronato de la Feria
Nacional de San Marcos, así como los trámites y resolución de los asuntos de su competencia, corresponden
originalmente al Órgano Interno de Control.
II. Que el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que “Los Servidores
Públicos deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos
internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en
su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su
desempeño.”.
III. Que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes establece en su artículo
13 fracción I lo siguiente:
“Artículo 13.- Para prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción, la Secretaría
y los órganos internos de control de los entes públicos, deberán implementar acciones para orientar
el desempeño de los servidores públicos en sus empleos, cargos, comisiones o funciones, en
coordinación con el Sistema Estatal Anticorrupción.
En la implementación de las acciones referidas, deberán observar lo siguiente:
I. Elaborar su Código de Ética conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional
Anticorrupción, el cual deberá hacerse del conocimiento de los servidores públicos.
II. a la IV. …”
IV. Que el 12 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se
dan a conocer los Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley
General de Responsabilidades Administrativas”, el cual es un instrumento que tiene como objeto establecer
los elementos a considerar para la emisión del propio Código de Ética, sentando las bases de principios

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