Codigo de Etica y Conducta para Funcionarios Publicos de la Administracion 2021-2024, Santa Barbara, Chihuahua

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN 2021-2024, SANTA BÁRBARA, CHIHUAHUA

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Folleto Anexo del Número 55 del Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el miércoles 12 de julio de 2023.

MTRA. MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, en ejercicio de la facultad que me concede el artículo 93, fracción XLI de la Constitución Política del Estado, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1 fracción VI y 25 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, 28 fracción I y 50 del Código Municipal para el Estado, así como 5 fracción VII y 6 de la Ley del Periódico Oficial del Estado, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO 137/2023

ARTÍCULO PRIMERO Publíquese en el Periódico Oficial del Estado el Acuerdo tomado por el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Santa Bárbara, Chihuahua, en sesión celebrada el día primero de abril de dos mil veintidós, mediante el cual se aprobó el Código de Ética y Conducta.
ARTÍCULO SEGUNDO Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

D A D O en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

Sufragio Efectivo: No Reelección

LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO. MTRA. MARÍA EUGENIA CAMPOS GALVÁN. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. LIC. SANTIAGO DE LA PEÑA GRAJEDA. Rúbrica.

SECRETARÍA

EL C. LIC. SANTOS EDUARDO OZAETA BLANCO, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, CHIH., HACE CONSTAR Y

CERTIFICA

QUE EN LA SESIÓN NO. 17 DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, CHIH., VERIFICADA CON FECHA EL DÍA 01 DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2022, EN EL PUNTO NO. VII DEL ORDEN DEL DÍA SE APROBÓ EL SIGUIENTE

ACUERDO

ACUERDO NO. 78- 01/04/2022, EN EL QUE ES DE ACORDARSE Y SE ACUERDA POR UNANIMIDAD, APROBAR EL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN 2021-2024 Y EL CÓDIGO DE ÉTICA PARA EL C. JOSÉ ANTONIO BILBAO MARTÍNEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, CON LA SIGUIENTE VOTACIÓN: 13 A FAVOR, O EN CONTRA, O ABSTENCIONES

PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2023, EN LA CIUDAD DE SANTA BÁRBARA, CHIH.

ATENTAMENTE

LIC. SANTOS EDUARDO OZAETA BLANCO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

CONTENIDO

CERTIFICACIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO

TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
TÍTULO II
CAPÍTULO ÚNICO
TÍTULO III
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
TITULO IV
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
TÍTULO V
CAPÍTULO ÚNICO

MIEMBROS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO

CERTIFICACIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO

El que suscribe, Secretario Municipal, Lic. Santos Eduardo Ozaeta Blanco, de conformidad con el artículo 11 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua hace Constar y

Certifica:

Que en la Sesión Ordinaria número 17 del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Bárbara, verificada con fecha el día 01 del mes de abril del año 2022, se aprobó el siguiente:

Acuerdo:

Acuerdo No. 78-01/04/2022, en el que es de acordarse y se acuerda por UNANIMIDAD, aprobar el Código de Ética y Conducta.

Artículos Transitorios

PRIMERO. El presente Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO. Se autoriza al Secretario del H. Ayuntamiento para que, con fundamento en el segundo párrafo de la fracción XXVI del artículo 28 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, remita el presente Acuerdo a la Secretaría del H. Ayuntamiento para la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.

De conformidad con la fracción II del artículo 63 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, se autoriza y firma la presente certificación en la ciudad de Santa Bárbara, Chihuahua, a los 24 días del mes de octubre del año 2022.

Secretario del H. Ayuntamiento

Lic. Santos Eduardo Ozaeta Blanco

TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

El presente Código de Ética y Conducta de las personas servidoras y funcionarias públicas, representa el conjunto de valores y principios, reglas generales de conducta y prohibiciones éticas para lograr un cambio en la actitud de las personas servidoras públicas, que se traduzca en una mayor disposición y vocación de servicio, exhortándolos a respetar las normas legales, para conducir su actuación en un sentido recto, reconociendo como primera obligación, realizar su trabajo con amabilidad, sentido de justicia, equidad y transparencia, procurando siempre enaltecer y honrar con todos sus actos y en todo momento, a la institución en la que presta sus servicios, mostrando una actitud profesional con gratitud, probidad, responsabilidad y eficiencia, consciente de que su desempeño dispone de los recursos, instrumentos y la formación institucional para servir a la sociedad.

Objetivo: Establecer las normas de conducta que debe observar y las acciones que deben realizar todas las personas servidoras públicas que presten sus servicios en el Municipio de Santa Bárbara bajo cualquier modalidad de vínculo laboral.

Alcance: Este código, es la guía de conducta de todos los empleados del Municipio de Santa Bárbara, Chihuahua, en cualquiera que sea su nivel jerárquico o la denominación del puesto que ocupe.

Misión: Construir una administración pública, honesta y transparente con enfoque social y humano, basado en la participación ciudadana, cumpliendo con las obras y servicios que la ciudadanía demanda y logrando un municipio innovador con desarrollo integral.

Visión: Somos una administración que desea consolidar a Santa Bárbara, como un municipio con gente valiosa, trabajadora y llena de virtudes; que se esfuerza por generar nuevas oportunidades, vinculada con todos los actores sociales, productivos y gubernamentales en una localidad que es campo fértil; que posea infraestructura suficiente, servicios básicos, tranquilidad laboral, paz social y una calidad de vida digna.

Valores:

- Bien común.

- Integridad.

- Imparcialidad, justicia e igualdad.

- Transparencia y rendición de cuentas.

- Entorno cultural y ecológico.

- Liderazgo.

- Calidad y calidez en el servicio.

TÍTULO II
CAPÍTULO ÚNICO

MARCO JURÍDICO

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

- Constitución Política del Estado de Chihuahua.

- Ley de responsabilidades de los Servidores Públicos.

- Código de Ética de los Servidores Públicos.

- Reglamento Interior del Municipio.

- Reglamento de Justicia Cívica.

TÍTULO III
CAPÍTULO I

DE LAS DEFINICIONES

Personas (sic) Servidora Pública: Se entiende como Persona Servidora Pública, el funcionario, empleado y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Municipal.

Servicio Público: Es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las administraciones públicas y que tienen como finalidad ayudar a las personas que lo necesiten.

Ámbito de Aplicación: Los principios, valores y demás disposiciones previstas en el presente Código, son de observancia general para todas las personas servidoras públicas de la...

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