Codigo de Etica de los Agentes Inmobiliarios y Prestadores de Servicios Inmobiliarios en el Estado de Michoacan de Ocampo
CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS AGENTES INMOBILIARIOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS INMOBILIARIOS EN EL ESTADO DE MICHOACÁN
TEXTO ORIGINAL.
Código publicado en la Quinta Sección al Núm. 3 del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el lunes 8 de febrero de 2021.
JESÚS MELGOZA VELÁZQUEZ, Secretario de Desarrollo Económico, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1°, 12, 14, 17, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 101 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán; 9° del Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo; 19 de la Ley para la Prestación de Servicios Inmobiliarios en el Estado de Michoacán; y,
C O N S I D E R A N D O
[...]
Que dictaminado el análisis de impacto regulatorio y atendidas las observaciones realizadas en el proceso de consulta pública, en mi carácter de presidente del Comité de Vigilancia del Registro de Agentes Inmobiliarios del Estado de Michoacán, tengo a bien emitir el siguiente acuerdo por el cual se expide el:
CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS AGENTES INMOBILIARIOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS INMOBILIARIOS EN EL ESTADO DE MICHOACÁN
GENERALIDADES
OBJETO DEL CÓDIGO
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Secretaría: A la Secretaría de Desarrollo Económico;
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Código de Ética: Al presente Código de Ética de los Agentes Inmobiliarios y Prestadores de Servicios Inmobiliarios del Estado;
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Comité de Vigilancia del RAIEM: Órgano colegiado auxiliar de la Secretaría para el correcto funcionamiento del Registro de Agentes Inmobiliarios del Estado de Michoacán;
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RAIEM: Registro de Agentes Inmobiliarios del Estado de Michoacán;
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Prestador de Servicios Inmobiliarios: Persona física sin licencia inmobiliaria que debe actuar siempre bajo la tutela de una agente inmobiliario, para realizar todas aquellas gestiones, acciones o actividades relacionadas con la compraventa, arrendamiento, fideicomiso o cualquier contrato traslativo de dominio, uso o usufructo de bienes inmuebles, así como la promoción, publicidad, gestoría, administración, asesoría, mediación, intermediación, valuación y consultoría sobre los mismos, así como todos los servicios implícitos que cada uno de ellos conlleven para el cabal cumplimiento del fin contratado;
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Agente Inmobiliario: Persona física que realiza servicios inmobiliarios, inscrito en el Registro (RAEIM), (sic) con Licencia inmobiliaria expedida por la Secretaría;
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Asociación Inmobiliaria: Agrupación civil, colegio o similar relativo al sector inmobiliario;
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Ley: a la Ley para la Prestación de Servicios Inmobiliarios en el Estado de Michoacán;
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Reglamento: al Reglamento de (sic) Ley para la Prestación de Servicios Inmobiliarios en el Estado de Michoacán; y,
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Cliente: La persona física o moral que contrata los servicios de un profesional inmobiliario con el objeto de que se le asesore y brinde sus servicios en la realización de operaciones inmobiliarias.
VALORES EN EL SERVICIO
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Honestidad: Conducirse con probidad y apego a la verdad, fomentando una cultura de confianza, actuando en todo momento con diligencia y cumpliendo íntegramente con el deber y actuar siempre con honor, justicia y transparencia de acuerdo con los propósitos del servicio otorgado;
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Honradez: Actuar con probidad, rectitud e integridad, apegándose a las normas y procedimientos aplicables;
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Integridad: Desempeñar su servicio de manera correcta con los valores y criterios éticos, apegado al derecho y al interés social, de tal manera que el pensar, decir y actuar como prestador de un servicio, logre una alta credibilidad ante el solicitante, generando una cultura de confianza;
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Confidencialidad: Es una cualidad sobre todos aquellos hechos o acciones los cuales son sometidos a un proceso de discreción por parte de los involucrados;
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Responsabilidad: Es la capacidad de desempeñar una labor, así como la habilidad de asumir las consecuencias derivadas de la prestación de sus servicios, siendo ésta, la causante directa o indirecta de un hecho;
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Eficiencia: Es la capacidad de hacer bien las cosas, garantizando en todo momento la satisfacción del servicio ofrecido, desarrollando el talento o la destreza a fin de responder en la calidad del servicio;
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Eficacia: Es la capacidad o cualidad para lograr o conseguir algún resultado en particular, para producir el efecto que se pretende y cumplir así con las expectativas deseadas;
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Lealtad: Ser fiel en todo momento al solicitante, a sus socios, agremiados, esforzándose cada día en cumplir con los valores y principios; y,
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Profesionalismo: Es desarrollar las capacidades, habilidades y conocimientos necesarios en la prestación del servicio que se ofrece, bajo las normas de respeto, mesura, objetividad y efectividad en la actividad que desarrollan.
DEBERES DEL AGENTE INMOBILIARIO Y DEL PRESTADOR DE SERVICIOS INMOBILIARIOS
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