Codigo de Conducta de los Servidores Publicos del Estado de Nayarit

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE NAYARIT

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Sección Séptima del Periódico Oficial para el Estado de Nayarit, el sábado 15 de julio de 2017.

  1. P. Y A. LUIS ANTONIO APASEO GORDILLO Secretario de la Contraloría General del Estado de Nayarit, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 37 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit vigente, tengo a bien expedir el CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE NAYARIT, al tenor de los siguientes;

CONSIDERANDO

Es una necesidad fundamental implementar y fortalecer las políticas públicas Estatales que involucren principalmente a todos los Servidores Públicos contra la corrupción a través del ejercicio de sus cargos dentro del Poder Ejecutivo, tomando en cuenta las políticas de control social, de género, de igualdad y democracia directa en la promoción de los valores éticos y morales, dándole cumplimiento al Plan Estatal de Desarrollo con la principal directriz de responsabilidad fortaleciendo las acciones hacia un Gobierno transparente y eficiente, con base en los principios de honestidad, eficacia, transparencia, legalidad y eficiencia frente a los ciudadanos, con apego a los Códigos de Ética y Conducta;

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit, define y propone quienes son sujetos de responsabilidades en el ámbito local y Municipal, considerando como tales a quienes ostenten un empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Estatal o Municipal, en el Poder Legislativo y Judicial, así como toda persona que maneje o aplique fondos y recursos públicos.

El propósito fundamental es apoyar las políticas de Gobierno en el renglón relativo a la renovación moral de la sociedad, donde resulta impostergable la creación de los dispositivos legales necesarios para regular la conducta de los Servidores Públicos, que apoyados en el Código de Ética que nos da las herramientas de conducta que debemos implementar con los valores y principios que guíen la actuación pública, eficiente, honesta y transparente.

OBJETIVO

Promover valores entre los Servidores Públicos del Estado que les obligue a conducirse con ética, hacia la Institución, a sus compañeros y usuarios con respeto y consideración, evitando la competencia desleal; actualizarse en los conocimientos propios de su área, a guardar el secreto profesional; no sacar provecho de la superioridad del puesto para manipular o chantajear a otros.

Establecer los principios fundamentales a los que debe sujetarse la actuación de todas las personas que realizan en forma habitual y profesional actividades relacionadas con la Administración Pública Estatal, incluyendo aquellas que, en virtud de sus funciones, pueden influir a la opinión pública.

PROPÓSITOS

Consolidar un sistema de valores y principios útiles para alcanzar mejores estándares de calidad en el ejercicio profesional e institucional de los Servidores Públicos del Estado, así como identificar y promover conductas que favorezcan el servicio honesto, responsable, eficiente así como el bien común, proporcionando a los Servidores Públicos un instrumento que guíe y norme su actuación en la realización de las atribuciones, funciones y actividades que les corresponda.

De manera especial, los Servidores Públicos que integran la Administración Pública Estatal, deben sentirse legítimamente orgullosos de servir a la población del Estado de Nayarit, teniendo presente el cumpliendo (sic) y el buen desempeño del Gobierno del Estado, y contribuir con los preceptos siguientes.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece los principios que se deben cumplir en el desempeño de las funciones, empleos, cargos y comisiones, los cuales se consideran como base fundamental para el actuar de los Servidores Públicos del Estado, siendo los siguientes:

LEGALIDAD

Todo Servidor Público del Estado, está obligado a que sus actos guarden armonía con las leyes vigentes; por lo tanto, debe cumplir con el espíritu de las mismas y de las normas que de ellas emanen. Cuando un acto se haya iniciado, o esté cometiéndose al margen de la Ley, se tiene la obligación de reencauzarlo o conciliarlo con la legalidad institucional.

Es obligación conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicable a la función de la Administración Pública del Estado.

ACCIONES

Lo que se debe hacer.

- Conducir el desempeño de su función pública, con respeto irrestricto al orden jurídico vigente aplicable a su competencia y materia.

- No violentar estas disposiciones y que pongan en perjuicio a la Administración Pública Estatal, y en caso de que se tenga conocimiento de ello, debe denunciar los hechos ante la autoridad correspondiente.

- Conocer y aplicar la Ley y las normas con las cuales se regula mi cargo, realizando el trabajo con estricto apego a las mismas, así como promover entre mis compañeros una actuación similar.

- Interpretar la normatividad sin buscar el beneficio personal, familiar o para afectar a un tercero.

- Elaborar normas que coadyuven al cumplimiento de los compromisos establecidos por el Gobierno del Estado.

- Conocer, acatar y propagar el contenido de los Códigos de Ética y Conducta vigentes, así como emitir las opiniones, reconocimientos, sugerencias y quejas que considere pertinentes.

Lo que no se debe hacer.

- Sobrepasar los límites que en el ejercicio de sus facultades o atribuciones les confieren.

- Trasgredir o contraponer las normas vigentes aplicables a su competencia.

- Violentar a la ciudadanía en el actuar de sus facultades o atribuciones, no respetando sus derechos constitucionales.

HONRADEZ

Cualidad que todo Servidor Público debe poseer, que se traduce en la obligación de actuar con probidad y rectitud, así como con respeto al derecho y a los bienes de los demás, conduciéndose con integridad moral y física desempeñando su empleo, cargo o comisión, sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones que el Estado les otorgue.

ACCIONES

Lo que se debe hacer.

- Realizar sus labores con un esfuerzo honesto y transparente.

- Desempeñar su empleo, cargo o comisión, sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones que el Estado le otorga.

Lo que no se debe hacer.

- Que el desempeño de los Servidores Públicos Estatales en ejercicio de las facultades o atribuciones encomendadas, no sean realizados bajo los principios fundamentales de la honestidad y transparencia, opacando el buen desarrollo de la Administración Pública del Gobierno del Estado.

IMPARCIALIDAD

El Servidor Público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas o grupos de la sociedad, rechazando con firmeza cualquier intento de presión jerárquica, política, amistad o recomendación.

ACCIONES

Lo que se debe hacer.

- Dar un tratamiento digno a toda persona física o moral, pública o privada.

- Ejercer sus atribuciones y realizan (sic) sus funciones de manera objetiva; sin influencias en sus acciones o decisiones que den preferencias o privilegios a personas o grupos.

Lo que no se debe hacer.

- Brindar tratamiento o servicio preferencial a alguna persona física o moral, pública o privada en especial.

- Desarrollar sus facultades o atribuciones de manera incorrecta y otorgar algún tipo de trato preferencial o privilegios a personas o grupos, trasgrediendo sus acciones o decisiones.

LEALTAD

Es una cualidad personal que implica nobleza y fidelidad a los principios y valores personales o colectivos, como la lealtad hacia la patria, la familia y a los amigos. Indica el apego que se muestra a una causa que se considera justa o buena.

ACCIONES

Lo que se debe hacer.

- Demostrar probidad, credibilidad, calidad, humildad, compromiso, congruencia y coherencia de pensamiento y actuación.

- Desempeñar la función pública, predominando el interés social sobre el particular.

Lo que no se debe hacer.

- El Servidor Público del Estado, no debe olvidar los valores principales para el buen desempeño de la Administración Pública del Estado y que estos sean reflejados a la ciudadanía.

EFICIENCIA

Los Servidores Públicos deberán actúan (sic) con la misma diligencia de responsabilidad, proactividad y productividad valores estrechamente relacionados; cuando una persona reúne estas tres características, se dice que es una persona eficiente, ya que su desempeño tiene una inclinación muy marcada a la excelencia y a la calidad total de su trabajo, así como a realizarlo con el menor margen posible de error y al menor costo.

ACCIONES

Lo que se debe hacer.

- Actuar con la misma diligencia que un buen administrador emplearía para con sus propios bienes en los asuntos sometidos a su consideración así como en las actividades que realicen.

- Evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad del servicio público, el patrimonio del Estado o la imagen que deben tener ante la sociedad.

Lo que no se debe hacer.

- Realizar su encomienda de manera irresponsable que ocasionen daños al erario público.

- ejecutar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad del servicio público, el patrimonio y la imagen del Estado que se debe tener ante la...

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