Codigo de Conducta de la Secretaria de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO

TEXTO ORIGINAL.

Acuerdo publicado en el número 34 del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 24 de agosto de 2020.

LICENCIADO JOSÉ LUIS GUEVARA MUÑOZ, SECRETARIO DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3, 13, FRACCIÓN I, Y 24, FRACCIÓN XXIX, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE HIDALGO; 9, FRACCIÓN XVI, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE; 6, FRACCIÓN I, 25 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO; Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ACUERDO QUE CONTIENE LA GUÍA PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

CONSIDERANDO

PRIMERO. La Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 6, establece la obligación para todos los entes públicos a crear y mantener condiciones estructurales y normativas, que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública.

SEGUNDO. El Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022 establece en su Eje Rector 1. "Gobierno Honesto, Cercano y Moderno", particularmente en el 1.2 relativo a "Cero Tolerancia a la Corrupción", el compromiso de esta Administración a sumarse y apegarse a los Lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción a fin de prever, detectar y sancionar todas las responsabilidades administrativas; todos aquellos hechos de corrupción y, asimismo, fiscalizar, transparentar y controlar los recursos públicos.

TERCERO. El 13 de mayo de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Decreto que contiene el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, el cual, tiene como objeto, establecer un conjunto de principios, valores y reglas de integridad que orienten, en un marco de aspiración a la excelencia, el desempeño de las funciones y la toma de decisiones de las personas servidoras públicas, asumiéndolas como líderes en la construcción de la nueva ética pública, así como constituir el eje, a partir del cual, las Dependencias y Entidades, elaboren sus respectivos Códigos de Conducta en los que se consideren riesgos éticos específicos, en atención a su misión, visión y atribuciones.

CUARTO. Con la finalidad de hacer frente a los retos en materia de combate a la corrupción, la Secretaría de Contraloría, expidió Acuerdo mediante el cual se emite los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Conflictos de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre del 2017.

QUINTO. Con el objetivo de afrontar las situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad, fueron identificadas a partir de un diagnóstico realizado por enlaces de las diferentes áreas y el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, los riesgos éticos específicos de la dependencia.

SEXTO. De conformidad con el acuerdo que contiene la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, en su punto segundo, señala que el Código de Conducta es el instrumento deontológico emitido por la persona que ocupe la titularidad de la dependencia, entidad, empresa de Participación Estatal o Fideicomiso, a propuesta de su Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés o análogo, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control, en el que se especifique de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética.

SÉPTIMO. De conformidad a lo establecido en el Artículo 25 del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado el 27 de mayo de 2019 en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Movilidad y Transporte, mediante Sesión Extraordinaria del ejercicio 2020, llevada a cabo el 06 de marzo, validó el referido Código de Conducta de esta Dependencia.

Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE HIDALGO

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 17
Artículo 1

El presente Código de Conducta es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos adscritos a la Secretaría, y su ámbito de aplicación son las oficinas que ocupa ésta; así como cualquier otro lugar, evento, ámbito, dependencia, o circunstancia donde las personas servidoras públicas actúen o representen a la Secretaría; o su imagen personal esté directamente relacionada con la imagen de la misma.

Artículo 2 El presente Código de Conducta, es el instrumento que contiene los principios, valores y reglas de integridad considerados como fundamentales para la definición del actuar del servicio público y que busca incidir en el comportamiento y desempeño de los servidores públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público.
Artículo 3 Es importante señalar que, el lenguaje empleado en este Código de Conducta, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las posibles referencias a alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos
Artículo 4

El objetivo de este Código es procurar el cumplimiento de los principios éticos básicos que deben prevalecer en la actuación de todas las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría, e incentivar la inclusión de todos aquellos valores que como consecuencia de su observancia, den como resultado la prestación de un servicio más eficiente, leal, honesto, diligente, transparente, comprometido y oportuno; en beneficio de los usuarios de los servicios que presta la Secretaría, así como de todas aquellas personas que se relacionan de forma directa o indirecta a ésta, incluyendo a los propios compañeros de trabajo.

Artículo 5 La Misión de la Secretaría es ofrecer a los ciudadanos hidalguenses todos los sistemas, modos y adecuaciones que fomenten y fortalezcan su movilidad, con accesibilidad universal e incluyente, con desarrollo eficiente y sostenible para una mejor calidad de vida.
Artículo 6 La Visión que esta Secretaría tiene es la de ser un estado vanguardista de excelencia en su movilidad integral y sostenible, que garantice mayor calidad de vida de la población urbana y rural.
Artículo 7 Este Código de Conducta es aplicable y debe ser observado por todos los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo.
Capítulo II Artículos 8 a 10

Marco Normativo y Glosario

Artículo 8 El presente Código se expide con base en las siguientes normas jurídicas:

I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

III. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción;

IV. Ley General de Responsabilidades Administrativas;

V. Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo;

VI. Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022;

VII. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo;

VIII. Reglamento interior de la Secretaría de Movilidad y Transporte;

IX. Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo; y

X. Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo.

Artículo 9 Para efectos del presente Código se entenderá por:

I. Código de Conducta: Código de Conducta de la Secretaría...

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