Codigo de Conducta y Reglas de Integridad de las Personas Servidoras Publicas del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, del Estado de Mexico

CÓDIGO DE CONDUCTA Y REGLAS DE INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección al Número 36 de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el viernes 23 de agosto de 2019.

COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DEL CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

CÓDIGO DE CONDUCTA Y REGLAS DE INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

ÍNDICE

  1. Considerando

  2. Base Legal

  3. Introducción

  4. Objeto

  5. Glosario

  6. Ámbito de Aplicación

  7. Contenido del Código de Conducta

    1. Carta de presentación

    2. Misión, visión y objetivo

    3. Principios y Valores

    4. Reglas de integridad

    5. Para efectos de Interpretación, Consulta y Asesoría

    6. Carta Compromiso

      CONSIDERANDO

      Que de conformidad con lo previsto en los artículos 130 bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, los cuales establecen que todo servidor público sin perjuicio de sus derechos y obligaciones laborales deberá observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, equidad, transparencia, economía, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y competencia por mérito.

      Que el 2 de abril de 2019, se publicó en el Periódico Oficial "Gaceta de (sic) Gobierno" el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de México y sus Organismo Auxiliares, que establece la obligación de las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal de emitir sus respectivos Códigos de Conducta.

      Que en términos del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para establecer las bases de la integración, organización, atribuciones y funcionamiento de los Comités de Ética de las Dependencias del Poder Ejecutivo y sus Organismos Auxiliares, publicado en la Gaceta de (sic) Gobierno el 24 de junio de 2019, es facultad del Comité de Ética elaborar la propuesta de Código de Conducta para someterlo a consideración al titular de la dependencia.

      Que el presente documento se alineó a la Guía para la Elaboración de los Códigos de Conducta y Reglas de Integridad de las Dependencias y Organismos Auxiliares del Estado de México, que emitió el Secretario de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", en fecha 05 de julio de 2019.

      Por lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

      II (SIC). Base Legal

    7. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 73 fracción XXIV, 109 fracción III y 113.

    8. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículos 5, 77 fracciones II, XXVIII, XXXVIII y XLVIII, 130 y 137.

    9. Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, artículo 5.

    10. Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, artículos 2, 6 y 7.

    11. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículos 2, 3, 19 fracción VII y 22.

    12. Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 02 de abril de 2019.

    13. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para establecer las bases de la integración, organización, atribuciones, y funcionamiento de los Comités de Ética de las Dependencias del Poder Ejecutivo y de sus Organismos Auxiliares del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 24 de junio de 2019.

    14. Guía para la Elaboración de los Códigos de Conducta y Reglas de Integridad de las Dependencias y Organismos Auxiliares del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 05 de julio de 2019.

    15. Reglamento Interior del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, publicado en Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 09 de abril de 2015.

    16. Manual General de Organización del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, publicado en Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 14 de septiembre de 2015.

  8. Introducción

    En el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, se promueve la igualdad, equidad y respeto hacia la ciudadanía y al interior del organismo, por lo cual, a través del presente Código de Conducta se reafirma el compromiso de respetar los derechos humanos, procurando siempre un trato cálido y amable.

    En este sentido, a fin de contribuir a reforzar el compromiso, el presente documento servirá de guía creando un trabajo común sobre el cual se basen todas las tomas de decisiones, estableciendo el marco de actuación esperado por parte de las personas servidoras públicas en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión.

    Asimismo, se describen los principios, valores y reglas de integridad que serán de observancia general para las personas servidoras públicas a fin de prevenir la corrupción y mejorar la conducta profesional.

  9. Objeto

    El presente Código de Conducta tiene por objeto establecer la directriz en las actitudes y acciones deseables para las servidoras y los servidores públicos que laboran en el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, indicando las pautas y los criterios por los cuales se regirán quienes colaboran en la institución al realizar acciones o tomar decisiones, en ejercicio de sus facultades, atribuciones y funciones, que les otorga la normatividad.

  10. Glosario

    Para efectos del presente Código de Conducta de las personas servidoras públicas del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, se entenderá por:

    1. CEMyBS: Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social.

    2. Código de Conducta: documento emitido por la titular del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social previamente aprobado por el Titular del Órgano Interno de Control.

    3. Código de Ética: Al Código de Ética expedido por el Secretario de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 02 de abril de 2019.

    4. Comité: Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social.

    5. Conflicto de intereses: a la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas debido a intereses personales, familiares o de negocios.

    6. Denuncia: A la manifestación por la que una persona hace del conocimiento de las autoridades, actos u omisiones de las personas servidoras públicas que pudieran transgredir el Código de Ética.

    7. Personas servidoras públicas: A aquéllas que desempeñan un empleo, cargo o comisión, adscritas al CEMyBS.

    8. Principios Rectores: A los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, objetividad, profesionalismo, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito, disciplina y rendición de cuentas.

    9. Reglas de Integridad: las conductas para el ejercicio del empleo, cargo o comisión de las personas servidoras públicas del Estado de México.

    10. Valores: al interés público, respeto, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación y liderazgo.

  11. Ámbito de Aplicación

    El presente Código de Conducta es un instrumento de carácter obligatorio para todas las personas servidoras públicas, sin importar régimen de contratación y sin perjuicio de sus derechos y obligaciones, deberán ejercer y desarrollar sus funciones con apego a los Principios Rectores, Valores y Reglas de Integridad que al efecto se encuentren señaladas en el Código de Ética, siempre considerando la visión, misión y objetivos del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social.

  12. Contenido del Código de Conducta

  13. Carta de presentación

    Toluca de Lerdo, México, a 3 de julio de 2019.

    PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

    P R E S E N T E

    Presentamos a ustedes el Código de Conducta y Reglas de Integridad, como un instrumento que permite, a las personas servidoras públicas del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, regirse por los Principios, Valores y Reglas de Integridad contenidos en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, que se presenten en este documento, para poder así delimitar las acciones que deben observarse entre nosotros, y asimismo fortalecer la transparencia y la prevención de la corrupción, garantizando el adecuado cumplimiento de los catorce principios rectores del servicio público establecidos en el artículo 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, los once principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia y las diez directrices que señala el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, que den como resultado una conducta digna, generando condiciones que hagan posible la igualdad de oportunidades entre las personas.

    El Código de Conducta y Reglas de Integridad son de observancia general y de cumplimiento obligatorio para todas las personas servidoras públicas.

    A T E N T A M E N T E

    LCDA. MELISSA ESTEFANÍA VARGAS CAMACHO

    VOCAL EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL DE LA MUJER Y BIENESTAR SOCIAL

    1. Misión, visión y objetivo

      Misión

      Elevar la calidad de vida y el redimensionamiento de los valores de equidad, igualdad y respeto.

      Visión

      Promover y fomentar una cultura de equidad de género, libre de violencia.

      Objetivo

      Promover el bienestar social integral de las mujeres y personas adultas mayores, así como procurar su incorporación plena y activa en los ámbitos...

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