Codigo de Conducta de la Oficialia Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Queretaro

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 4 del Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el viernes 15 de enero de 2021.

Lic. José de la Garza Pedraza, Titular de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 9 párrafo segundo, 32 fracción XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 6 fracción XVII del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor; Lineamientos Segundo y Décimo Primero de los "Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas"; artículos 3 inciso b), y 16 del Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus Entidades; y

C O N S I D E R A N D O

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, en sus artículos 109 fracción III y en 38 fracción III, respectivamente, establecen que los Servidores Públicos deberán observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, en el último párrafo del artículo 3, dispone que en el Estado de Querétaro el Gobierno se sustenta en el valor de la ética, por lo que todos los entes públicos deberán contar con un Código de Ética, mediante el establecimiento de una adecuada política, la creación de un Comité de Ética formalmente constituido y de la realización de la capacitación y difusión en dicho valor.

La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de julio de 2016, y la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Querétaro, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro el día 18 de abril de 2017, en sus artículos 5 y 2, fracción VIII y 5, respectivamente, establecen como objetivos, acciones y mecanismos permanentes aquéllos que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos con la finalidad de contar con políticas eficaces de ética pública, atendiendo a los principios rectores del servicio público.

El 12 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas emitido por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, estableciendo en sus artículos segundo, octavo y décimo primero que dichos lineamientos son de observancia obligatoria para los entes públicos de todos los órdenes de gobierno, y que para la aplicación del Código de Ética, cada ente público, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control, emitirá un Código de Conducta, en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética correspondiente.

Además, señala que los principios rectores, valores y reglas de integridad se vincularán con la misión, visión, objetivos y atribuciones del ente público en particular, con el fin de que se generen mecanismos de identificación de las actividades que desempeñan los servidores públicos que conforman cada ente público.

El 18 de octubre de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro "La Sombra de Arteaga", el Código de Ética de los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus Entidades, en el que se prevé que los Titulares de las Dependencias y Entidades emitirán el Código de Conducta en el que se especifique de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidos en el Código de Ética.

El Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, dentro del eje rector V, "Querétaro con buen gobierno" establece en la estrategia V.2 "Fomento de la eficiencia gubernamental en el Estado de Querétaro", diversas líneas de acción orientadas a promover y fortalecer la transparencia, la legalidad y el combate a la corrupción y estas se traduzcan en mejor calidad de vida de la población queretana.

La Oficialía Mayor es la dependencia encargada de prestar el apoyo administrativo y los servicios que requieran las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; el despacho de los asuntos que expresamente le encomienda la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado (sic) Querétaro, las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares e instrucciones del Titular del Poder Ejecutivo; así como, asistir a la sociedad queretana a través de una gestión moderna, transparente, honesta y diligente, con un sólido desarrollo institucional, mismo que en coparticipación con las dependencias, ejecuta las mejores decisiones y optimiza los recursos siempre con la finalidad de vivir en bienestar y disfrutar de un Querétaro Próspero.

Derivado de lo anterior, se emite el presente Código de Conducta de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo de Querétaro, como un instrumento deontológico que especifica de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos adscritos a ésta, aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus Entidades instrumento que contribuirá al desempeño honesto, legal, eficiente y transparente; con el objetivo fomentar un buen gobierno, erradicar malas prácticas y la impunidad.

Con base en lo expuesto se expide el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12
Artículo 1

El presente Código de Conducta tiene por objeto normar el comportamiento de los servidores públicos adscritos a la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus órganos desconcentrados; a través de la aplicación en el ámbito de su competencia y ejercicio de sus actividades, de los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus Entidades.

Artículo 2 Las disposiciones establecidas en este Código de Conducta son de observancia obligatoria para todos los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus órganos desconcentrados.
Artículo 3 Los servidores públicos sujetos a este Código, y sin importar su fecha de ingreso, deberán firmar la Carta Compromiso con el propósito de dejar constancia de que conocen el Código de Ética y este Código y, por lo tanto, asumen el compromiso de cumplirlo durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión

Dicha Carta Compromiso, se anexa a este Código como Anexo Único, pudiendo ser adecuado su texto a las disposiciones jurídicas y administrativas que estén vigentes al momento de su firma.

Artículo 4 Para efectos del presente Código de Conducta se entenderá por:
  1. Carta Compromiso: El documento a través del cual los servidores públicos adscritos a esta Dependencia o a sus organismos desconcentrados, manifiestan conocer el contenido tanto del Código de Ética como de este Código, así como su voluntad de alinear su actuar y el desempeño del ejercicio público, con estricto apego y observancia de los principios, valores y reglas de integridad contenidas en dichos códigos.

  2. Código: El Código de Conducta de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

  3. Código de Ética: El Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y sus Entidades.

  4. Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses del Sector Central del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

  5. Dependencia: La Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

  6. ...

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