Codigo de Conducta del Instituto del Deporte y Cultura Fisica del Estado de Morelos

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO DEL DEPORTE Y CULTURA DEL ESTADO DE MORELOS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Número 6211 del Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 19 de julio de 2023.

Al margen superior un escudo del estado de Morelos que dice: TIERRA Y LIBERTAD.- LA TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON SUS MANOS.- MORELOS.- 2018-2024, y un logotipo que dice: MORELOS ANFITRIÓN DEL MUNDO.- Gobierno del Estado.- 2018-2024.

GERMÁN VILLA CASTAÑEDA, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DEL DEPORTE Y CULTURA FÍSICA DEL ESTADO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 9, ÚLTIMO PÁRRAFO, 43 Y 64, FRACCIONES XVI Y 82 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 30, FRACCIÓN II, 38, FRACCIONES XIII, XVII Y XXXIII DE LA LEY DEL DEPORTE Y CULTURA FÍSICA DEL ESTADO DE MORELOS; 6, FRACCIÓN II, 16 Y 17 DEL ESTATUTO ÓRGANICO DEL INSTUTO (SIC) DEL DEPORTE Y CULTURA FÍSICA DEL ESTADO DE MORELOS Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los servidores públicos deben sujetarse a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, en el ejercicio de sus funciones, empleos, cargos y comisiones.

Mientras que la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Estatal de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos, señala que los servidores públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen en el servicio público.

Por lo que, a partir de la entrada en vigor del Código de Ética de la Administración pública estatal así como de los Lineamientos generales para la integración, organización y funcionamiento de los Comités de Ética de la Administración pública, ambos publicados en el Periódico Oficial -Tierra y Libertad, número 6133 de fecha dos de noviembre del año dos mil veintidós, se constituye una nueva legislación que fomenta el respeto del estado y sus servidores públicos con los ciudadanos, esto como parte de las políticas públicas de igualdad, respeto a los derechos humanos, cero tolerancia de actos de corrupción, así como a la violencia en cualquiera de sus formas, hostigamiento o acoso sexual o laboral, con la finalidad de lograr el fortalecimiento del servicio público ético e íntegro.

En ese sentido, el Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, como un organismo público descentralizado de la Administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y goza de autonomía técnica, de gestión y presupuestaria; compone la Administración pública paraestatal del estado de Morelos, por lo que tiene la obligación de atender y observar lo dispuesto en el nuevo Código de Ética de la Administración pública estatal, el cual en su artículo 32, fracción II que establece la obligación de emitir o modificar el código de conducta de las dependencias o entidades, así mismo, en los Lineamientos generales para la integración, organización y funcionamiento de los comités de ética de la Administración pública, publicado en esa misma fecha, establece la obligación de elaborar, revisar o actualizar, según sea el caso, su código de conducta.

En ese sentido, atendiendo todas y cada una de las disposiciones normativas en materia de ética, así como lo dispuesto por el Código de Ética de la Administración pública estatal y de los Lineamientos generales para la integración, organización y funcionamiento de los comités de ética de la Administración pública, este organismo instaló, en fecha 24 de noviembre del año dos mil veintidós, el Comité de Ética del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, considerando oportuno abrogar el Código de Conducta del Instituto del Deporte y Cultura del Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial -Tierra y Libertad, número 5861 de fecha nueve de septiembre de del año dos mil veinte; por consiguiente, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 32, fracción II del multicitado Código de Ética de la Administración pública estatal, previa revisión de su respectivo órgano interno de control y aprobación del comité de ética, este organismo, emite un nuevo código de conducta en el que se especifica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas adscritas al Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos deben aplicar los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el código de ética.

Cabe señalar que, la expedición del presente código de conducta se realiza en apego y observancia de lo dispuesto por el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, particularmente en el eje rector número 5, denominado: modernidad para los morelenses, del Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, reformado de manera integral mediante decreto publicado el 28 de julio de 2021, en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 5968, tercera y cuarta sección, específicamente del objetivo estratégico 5.5, consistente en administrar los recursos humanos, materiales y tecnológicos de que dispone el gobierno del estado, con eficiencia, eficacia, transparencia, honradez, igualdad e inclusión laboral y no discriminación de género; lo que podrá realizarse a través de diversas estrategias y líneas de acción, entre ellas, las siguientes: 5.5.4. Potencializar el talento humano, profesionalizando a las personas servidoras públicas para brindar una atención eficiente y de calidad con la sociedad; 5.5.4.6. Impulsar una cultura organizacional ligada a los principios, valores y visión; 5.5.5.2. Implementar un programa del Código de Ética para los servidores públicos del gobierno del estado; 5.5.6. Propiciar la igualdad de género e inclusión a través de políticas organizacionales en el ámbito laboral; 5.5.6.2. Implementar políticas organizacionales incluyentes y prácticas que fomenten una cultura de respeto y apoyo a las personas trabajadoras en situación de vulnerabilidad; 5.5.6.3. Fomentar las condiciones adecuadas para que las servidoras y servidores públicos trabajen y se desarrollen de manera integral, en un ambiente de igualdad e inclusión en sus relaciones laborales, familiares y profesionales; 5.5.6.4 implementar la capacitación y sensibilización permanente en materia de derechos humanos, igualdad de género e inclusión.

En razón de lo anterior, resulta necesario la emisión de un Código de Conducta del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, lo que se realiza en este acto para dignificar y legitimar la función pública al interior del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, con base en los valores éticos, integridad, prevención de conflictos de interés, prevención de conductas discriminatorias y de hostigamiento sexual y acoso sexual: así como, la no tolerancia a los actos de corrupción.

Por lo expuesto y fundado, se procede a emitir el Código de Conducta del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, aprobado previa revisión por parte del órgano interno de control del organismo, en la segunda sesión ordinaria del Comité de Ética del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado de Morelos, de fecha 26 de mayo de dos mil veintitrés, mediante acuerdo presentación y aprobación del Código de Conducta del Instituto del Deporte y Cultura Física del Estado...

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