Clara Luz Álvarez / Ley Federal de Radio y Televisión

AutorClara Luz Álvarez

Concesiones de radio y televisión a perpetuidad para sus actuales titulares sería una de las consecuencias de que no se alcancen al menos 8 votos de 11 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dentro de la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Radio y Televisión, llamada "Ley Televisa".

Esta ley perfecciona la imposibilidad de que se otorguen permisos a los medios de comunicación sin fines de lucro para que éstos puedan expresar la pluralidad de nuestro país, favorecer el debate y contribuir a la consolidación de la democracia.

La radio y televisión utilizan como medios de transmisión frecuencias del espectro radioeléctrico que son bienes de dominio público de la nación. Las bandas de frecuencias son un recurso escaso y el Estado debe ejercer su rectoría para otorgar el uso de las mismas, de tal manera que garantice la libertad de expresión y el ejercicio del derecho a la información.

La Ley Federal de Radio y Televisión de 1960 (LFRTV) estableció que, para prestar servicios de radio y televisión abierta, se requería de concesión o permiso, dependiendo respectivamente de si se perseguían fines de lucro o no. El otorgamiento de concesiones y permisos era totalmente discrecional.

Por razones técnicas, se otorgaban para un canal de televisión 6 MHz, que era lo que requería para prestar el servicio sin causar interferencia a otros canales. En 2004, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitió el Acuerdo de Política de Televisión Digital, concediendo a los concesionarios y permisionarios de televisión abierta un canal adicional o "espejo" de 6 MHz para la transición a la televisión digital y que debiera devolverse al finalizar ésta.

La televisión digital estándar requiere de 1.5 MHz, por lo que el resto del espectro podría ocuparse para nuevos prestadores de televisión abierta. Con el otorgamiento de los canales espejo se redujo significativamente la disponibilidad de frecuencias para nuevos medios de comunicación, además de que los actuales concesionarios de televisión refrendaron (renovaron) sus concesiones hasta el año 2021.

Como lo refiere el proyecto de resolución de la SCJN, "es un hecho notorio que los actuales concesionarios de servicios de radiodifusión tienen un poder sustancial en el mercado de la radio y televisión abiertas", y con la "Ley Televisa" además aseguran, con el artículo 16 de la misma, que tendrán sus concesiones a perpetuidad.

Esta ley estableció un procedimiento de licitación para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR