Circular NO. 08 Que Declara Inhábil con Suspensión de Labores el 10 de Mayo de 2018.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 05 de Mayo del año 2018; Núm. 31 pág. 1135

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER JUDICIAL

CIRCULAR No. 08

QUE DECLARA INHÁBIL CON SUSPENSIÓN DE LABORES EL 10 DE MAYO DE 2018.

C I R C U L A R NUM. 08

AÑO JUDICIAL 2017 - 2018

SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS

DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA

MAGISTRADOS, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, JUECES MIXTOS DE PAZ, PROYECTISTAS, PERSONAL ADSCRITO AL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA, PERSONAL ADMINISTRATIVO, SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, Y PÚBLICO EN GENERAL. P R E S E N T E S .-Por medio de la presente, se hace de su conocimiento, que el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 25 de abril del año en curso, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 22 y 23 fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, en relación con los numerales 123 y 124 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia, aprobó lo siguiente:

  1. Se declara inhábil con suspensión de labores, el día jueves 10 de mayo del año 2018.

    Lo anterior, con la salvedad de que el Sistema Penal Acusatorio, los Juzgados Especializado en la Impartición de Justicia para Adolescentes, de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad, Familiares, Auxiliar en Materia Familiar y Mixtos que conozcan de la materia Familiar, así como el Sistema Penal Mixto, deberán tomar las providencias necesarias a fin de atender los asuntos urgentes de su competencia así determinados por la Ley, decretándose la suspensión de plazos en todos aquellos trámites que por su naturaleza no sean de los considerados urgentes.

    Las Salas Penales y Especializadas en la Impartición de Justicia para Adolescentes, tomarán las providencias necesarias a fin de atender los asuntos urgentes de su competencia, únicamente relacionados con el Sistema Penal Acusatorio, en términos de la legislación correspondiente.

    Se precisa que el Juzgado Auxiliar en Materia Familiar, y los Juzgados Familiares y Mixtos en materia Familiar permanecerán de guardia para la atención de asuntos urgentes el día inhábil anteriormente señalado, en términos de la circular número 02, correspondiente al año judicial 2017-2018.

  2. En virtud de lo anterior, se exhorta a todo el personal adscrito a los órganos...

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