Circular 5/2023 dirigida a las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa, relativa a las modificaciones a la Circular 7/2022 (inclusión de los bonos MS y uso del Sistema Integral de Subastas del Banco de México).

Fecha de publicación07 Junio 2023
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
CIRCULAR 5/2023 dirigida a las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa, relativa a las modificaciones a la <a href="https://vlex.com.mx/vid/circular-7-2022-dirigida-900314759">Circular 7/2022</a> (inclusión de los bonos MS y uso del Sistema Integral de Subastas del Banco de México)
CIRCULAR 5/2023 dirigida a las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa, relativa a las modificaciones a la Circular 7/2022 (inclusión de los bonos MS y uso del Sistema Integral de Subastas del Banco de México). Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo".
CIRCULAR 5/2023
A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y CASAS DE BOLSA:
ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 7/2022 (INCLUSIÓN DE LOS BONOS MS Y USO DEL SISTEMA INTEGRAL DE SUBASTAS DEL BANCO DE MÉXICO)
El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal y con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero, con el fin de dar seguimiento a las acciones previstas en la Estrategia Nacional para la Implementación de la Agenda 2030, sistematizada e integrada por la Jefatura de la Oficina de la Presidencia, así como a lo contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, para cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible incluidos en la Agenda 2030 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas e incentivar las inversiones sostenibles en territorio nacional, considera conveniente adecuar las "Reglas para la celebración de subastas sindicadas de valores gubernamentales alineados a criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo", con objeto de incluir el instrumento de deuda emitido por el Gobierno Federal denominado en moneda nacional, a tasa de interés fija y alineado a criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo, para su colocación en el mercado nacional mediante la realización de subastas sindicadas, así como establecer la posibilidad de utilizar el Sistema Integral de Subastas del Banco de México para la realización de dichas subastas.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, 1, 3, fracción III, 7, fracción I, 8, 10, 12 y 14 de la Ley del Banco de México, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 12, párrafo primero, en relación con el 19 Bis, fracciones II y V, y 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Operaciones de Banca Central y de la Dirección de Disposiciones de Banca Central, respectivamente, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, ha resuelto modificar las definiciones de "DALI" y "Valores Gubernamentales ASG" contenidas en el numeral 1, los numerales 2.1, párrafo primero, 2.2, párrafos segundo, cuarto y sexto, 5.1, 5.2, 5.3.1, párrafos primero, tercero y cuarto, 5.4.1, párrafo tercero, 7, 8.1, 8.2, párrafo primero, 8.3, párrafo primero, 8.4, 9.4, párrafos tercero y cuarto, los Apéndices 1 y 2, así como adicionar las definiciones de "BONOS MS", "Firma Electrónica Avanzada", "Inversionista Final", "SIAC-BANXICO" y "SIS" al numeral 1, de las "Reglas para la celebración de subastas sindicadas de valores gubernamentales alineados a criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo", contenidas en la Circular 7/2022, para quedar en los términos siguientes:
REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE SUBASTAS SINDICADAS DE VALORES GUBERNAMENTALES
ALINEADOS A CRITERIOS AMBIENTALES, SOCIALES Y DE GOBIERNO CORPORATIVO
"1. DEFINICIONES
Para efectos de las presentes Reglas, los términos empleados en estas, en singular o plural, tendrán los significados indicados a continuación, sin perjuicio del tratamiento distinto que se dé a términos similares en otra normativa:
...
BONOS MS:
a los Bonos de Desarrollo emitidos por el Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos en el mercado nacional, dictaminados por una Institución Calificadora de Valores y una Institución Dictaminadora en Criterios ASG como bonos alineados a criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo, de conformidad con el Marco de Referencia y las presentes Reglas, y que, a su vez, cumplan con los Principios de los Bonos Verdes, los Principios de los Bonos Sociales y la Guía de los Bonos Sostenibles, con apego a la Guía para las Evaluaciones Externas de Bonos Verdes, Sociales y Sostenibles, publicados por la asociación de la Confederación Suiza denominada "International Capital Market Association" (ICMA) o, en su caso, los instrumentos que los sustituyan, denominados en moneda nacional, a tasa de interés fija;
DALI:
al sistema de pagos denominado "Sistema para el Depósito, Administración y Liquidación de Valores", administrado por INDEVAL;
...
Firma Electrónica Avanzada:
a aquella firma que cumple con los requisitos de Firma Electrónica Avanzada o Fiable a que se refieren los artículos 89 y 97 del Código deComercio, según sea modificado o sustituido con posterioridad;
...
Inversionista Final:
a aquellas personas que determine la Secretaría mediante el catálogo que envíe al Banco previo a cada Subasta Sindicada y de conformidad con las presentes Reglas, por cuenta de los cuales los Distribuidores ASG que la Secretaría determine en términos del numeral 2.1 podrán presentar posturas. Dichos Distribuidores ASG tendrán este carácter en los casos en los que presenten posturas por cuenta propia;
...
SIAC-BANXICO:
al Sistema de Atención a Cuentahabientes del Banco de México;
SIS:
al Sistema Integral de Subastas del Banco de México para presentar posturas por medio del SIAC-BANXICO, de conformidad con las presentes Reglas y el contrato celebrado con el Banco;
...
Valores Gubernamentales ASG:
a los BONDES G, BONOS MS u otros Bonos de Desarrollo emitidos por el Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos en el mercado nacional, dictaminados por una Institución Calificadora de Valores y por una Institución Dictaminadora en Criterios ASG alineados a criterios ambientales, sociales, y de gobierno corporativo, de conformidad con el Marco de Referencia y las presentes Reglas, y que, a su vez, cumplan con los Principios de los Bonos Verdes, los Principios de los Bonos Sociales y la Guía de los Bonos Sostenibles, con apego a la Guía para las Evaluaciones Externas de Bonos Verdes, Sociales y Sostenibles, publicados por la asociación de la Confederación Suiza denominada "International Capital Market Association" (ICMA) o, en su caso, los instrumentos que los sustituyan, conjunta o separadamente."
"2.1. Solo podrán ser postores los Distribuidores ASG que la Secretaría determine para cada Subasta Sindicada, quienes deberán presentar sus posturas por cuenta propia o del Inversionista Final.
..."
"2.2. ...
Las instituciones de crédito y casas de bolsa que pretendan actuar como Distribuidores ASG deberán presentar una solicitud por escrito ante la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda de la Secretaría, ubicada en Insurgentes Sur 1971, Torre 3, piso 7, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, demarcación territorial Benito Juárez, Ciudad de México.
...
La Secretaría notificará al Banco y a los Aspirantes correspondientes, mediante mensaje enviado por correo electrónico proveniente de la cuenta de correo electrónico de la persona que ocupe el cargo de titular de la Dirección General de Operaciones Financieras de la Secretaría o de la Dirección General que la sustituya, los Aspirantes que haya determinado que podrán actuar como Distribuidores ASG. Dichas notificaciones deberán realizarse con, al menos, siete Días Hábiles Bancarios de anticipación a la fecha en que se lleve a cabo la Subasta Sindicada correspondiente. Lo anterior se observará, sin perjuicio de las notificaciones a que se refiere el segundo párrafo del numeral 2.1 de las presentes Reglas.
...
Los Distribuidores ASG que decidan dejar de operar con tal carácter deberán enviar por escrito un aviso de cancelación dirigido a la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda de la Secretaría, así como una copia del mismo a la Dirección de Operaciones Nacionales del Banco de México ubicada en Avenida 5 de Mayo número 6, primer piso, colonia Centro, código postal 06000, demarcación territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México. El citado aviso de cancelación surtirá efectos a partir del Día Hábil siguiente a su recepción por las autoridades mencionadas."
"5.1. Tipos de...

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