Cancelación de comprobante fiscal digital por internet con la aprobación del receptor

AutorJavier Martínez Gutiérrez
Páginas251-254

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12.1. Abuso por la cancelación de comprobante fiscal digital por internet

Se ha conocido que proveedores mal intencionados han llevado a cabo operaciones con sus clientes y posteriormente de una manera ventajosa cancelan el o los CFDIS con el fin de obtener un beneficio y no pagar sus impuestos.

12.2. Prorroga para la aplicación de cancelación de CFDI con la aprobación del receptor

Lo anterior aparentemente ha dado pie a las autoridades fiscales para intentar aminorar dicho impacto al contribuyente, considerando que la cancelación de CFDI será ahora con el consentimiento del receptor, no obstante a la fecha de elaboración del presente libro, las disposiciones correspondientes se han prorrogado para que su aplicación inicie el 1o. de julio de 2018.

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12.3. Caracteristicas y disposiciones relacionadas

Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI 2.7.1.38. RMF 18. Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos” publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, podrá:

a) Enviar al receptor del mismo una solicitud de cancelación a través de buzón tributario; o

b) Solicitar la cancelación directamente a través del Portal del SAT.

El receptor del comprobante fiscal recibirá a través del buzón tributario la solicitud de cancelación y deberá manifestar a través del mismo medio, a más tardar dentro de los tres días siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la cancelación del CFDI.

El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna.

El SAT publicará en su portal las características y especificaciones técnicas a través de las cuales los contribuyentes podrán dar trámite a las solicitudes de cancelación solicitadas a...

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