Las 'buenas prácticas' y su rol para preservar los tratados

AutorVíctor Emilio Corzo/Ernesto Eduardo Corzo
CargoDoctor en derecho y diplomático de carrera experto en derecho internacional/Experto en arbitraje internacional, acreditado para ejercer en México y en Estados Unidos
Páginas10-12
10 abogacía Junio 2021
[ Visión global ]
La renegociación de los tratados, como se apreció con
la terminación del TLCAN y la posterior negociación
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de derechos y obligaciones que se logró en el tratado
original pueda cambiar radicalmente para las partes si éste
es renegociado. Para evitar el riesgo de que un tratado sea
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cuenta en la esfera internacional para lograr que los tratados
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de “buenas prácticas” para su aplicación e interpretación.
Por “buenas prácticas” se debe entender los marcos y las
medidas de carácter jurídico e institucional, implementados
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de organismos internacionales o por la pluralidad de los
Estados parte del tratado— como “modelos” respecto de la
interpretación y la aplicación de una norma internacional.
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idónea para maximizar la efectividad o el cumplimiento de
las obligaciones pactadas en un instrumento internacional.
En otras palabras, a diferencia de un tratado que mantiene
una interrelación vertical con el sistema jurídico nacional
con una visión monista o dualista del derecho internacional,
la aplicación de las “buenas prácticas” sigue una dinámica
horizontal que busca promover que los Estados adecúen volun
tariamente su conducta a la interpretación más efectiva de
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La problemática principal de las “buenas prácticas” es
que muchos juzgadores nacionales no las toman en cuenta al
momento de resolver un caso en concreto, por considerar que
la labor judicial debe centrarse en el tratado y no en tomar en
consideración una interpretación —no vinculante— sugerida
por los demás Estados o por el organismo internacional que
auspició la creación del instrumento internacional.
Si bien la visión antes expresada tiene cierto sustento
jurídico, falla al no reconocer que estos instrumentos jurídicos
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todos los Estados parte y, por ende, homogenizar los criterios
interpretativos del tratado.
En otras palabras, el propio carácter internacional/armo
nizador del tratado busca erradicar la libertad de que cada
corte nacional pueda interpretar de forma distinta el tratado.
De existir esta libertad, se promovería el forum shopping, bajo
el cual algunas partes pueden obtener una ventaja en la solu
ción de una eventual controversia, ya sea porque las cortes
nacionales le den mayor peso a la legislación doméstica que
Las “buenas prácticas”
y su rol para preservar
los tratados
Víctor Emilio Corzo
Ernesto Eduardo Corzo
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