Ayuntamiento de tenancingo, Tlaxcala. 2017-2021 plan de desarrollo municipal.

Fecha de publicación20 Septiembre 2017
Número de Gaceta38-7ª SECC
se hace referencia a todos aquellos elementos que debe contener una planeación estratégica y participativa

La planeación consiste en definir objetivos, establecer líneas de acción y diseñar programas que guíen el actuar del gobierno, en este caso, del Gobierno del municipio de Tenancingo

Como orden de gobierno, el municipio deberá apegarse a las disposiciones constitucionales y legales aplicables respetando en todo momento el Estado de Derecho

Las atribuciones y competencias que cada orden de gobierno tiene en la formulación, implementación, ejecución, control y evaluación de los planes y programas están determinadas por las bases jurídicas de la administración pública establecidas entre ellas.

En el Artículo 115 Constitucional, en su fracción I se señala lo concerniente al Ayuntamiento – de elección popular directa –, como gobierno del municipio. En la fracción II se establece lo relativo a la personalidad jurídica y el patrimonio del municipio.

Cabe resaltar la fracción III del artículo citado, debido a que en ella se establece lo que respecta a las funciones y servicios públicos a cargo del municipio. Esta norma constitucional es también la base prioritaria del presente Plan Municipal de Desarrollo, ya que el mismo contempla los incisos contenidos en el artículo. A saber: a. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.

b. Alumbrado público.

c. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.

d. Mercados y centrales de abasto.

e. Panteones.

f. Rastro.

g. Calles, parques y jardines y su equipamiento.

h. Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito.

i. Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio- económicas de los municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.

Además de las funciones y servicios mencionados, el municipio observará lo dispuesto por las leyes federales, estatales y municipales mencionadas a continuación: Legislación Federal • Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosLey de PlaneaciónLey Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendariaLey General de Contabilidad Gubernamental Legislación Estatal • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de TlaxcalaCódigo Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios • Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios Legislación Municipal • Ley Municipal del Estado de Tlaxcala LEGISLACION FEDERAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 2o. Inciso B Fracción IX que a la letra dice: “La Nación Mexicana es única e indivisible.

La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.” IX. Consultar a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de las entidades federativas, de los Municipios y, cuando proceda, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen.

Artículo 25 Segundo Párrafo que a letra dice: “Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.” Artículo 26. Inciso A que a la letra dice: “A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación.

La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoriales y regionales.

En el sistema de planeación democrática y deliberativa, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.” Artículo 115 fracción V inciso c) que a la letra dice: “Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; LEY DE PLANEACION Artículo 2º que a la letra dice: “La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios: I.- El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural; II.- La preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades del gobierno; III.- La igualdad de derechos entre mujeres y hombres, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población; IV.- El respeto irrestricto de las garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales, políticos y culturales; V.- El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; VI.- El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social; VII.- La perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo, y VIII.- La factibilidad cultural de las políticas públicas nacionales.” Artículo 3º que a la letra dice: “Para los efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional de desarrollo la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen.

Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como criterios basados en estudios de factibilidad cultural; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR