Aviso por el que se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Fomento Económico con número de registro MEO-138/ESPECL-22-XOCH-A0EEE7F

108 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de septiembre de 2022

ALCALDÍA EN XOCHIMILCO

José Carlos Acosta Ruíz, Alcalde del Órgano Político-Administrativo en la Demarcación Territorial de Xochimilco, con fundamento en los artículos 53, apartado A, numeral 1, apartado B, numerales 1 y 3, inciso a), fracción I y III de la Constitución Política de la Ciudad de México; 21, 30, 31 fracción X de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; así como en el Lineamiento Décimo Segundo de los "Lineamientos para el Registro de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México" y de conformidad con el Registro MEO-138/ESPECL-22-XOCH-A0EEE7F, otorgado por la Dirección Ejecutiva de Dictaminación y Procedimientos Organizacionales de la Dirección General de Administración de Personal y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas, mediante oficio número SAF/DGAPYDA/DEDYPO/0884/2022, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE FOMENTO ECONÓMICO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-138/ESPECL-22-XOCH-A0EEE7F.

CONTENIDO

  1. MARCO JURÍDICO

  2. OBJETIVO GENERAL

  3. INTEGRACIÓN

  4. ATRIBUCIONES

  5. FUNCIONES

  6. CRITERIOS DE OPERACIÓN

  7. PROCEDIMIENTO

  8. GLOSARIO

  9. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

I. MARCO JURÍDICO

CONSTITUCIÓN (Federal y Local)

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Vigente.

  2. Constitución Política de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017. Vigente.

    LEYES

  3. Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de diciembre de 1995. Vigente.

  4. Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de abril de 2009. Vigente.

  5. Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de mayo de 2018. Vigente.

  6. Ley para el Desarrollo Económico de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 9 de junio de 2021. Vigente.

    REGLAMENTO

  7. Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 8 de noviembre de 2010. Vigente.

    ACUERDO

  8. Acuerdo por el que se Constituyen los Comités de Fomento Económico Delegacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 02 de agosto de 1995. Vigente

    II. OBJETIVO GENERAL

    El presente Manual tiene por objeto el brindar al Comité de Fomento Económico de la Alcaldía Xochimilco un instrumento que contenga la integración, funcionamiento y demás directrices básicas del referido Cuerpo Colegiado, para que en el ejercicio de sus funciones promueva los proyectos económicos y cooperativos de manera racional, eficiente y transparente relacionados a organizaciones productivas del sector privado, social y de la comunidad académica mediante la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas en sus respectivas competencias, siempre en cumplimiento de lo establecido en la Ley para el Desarrollo Económico de la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables.

    III. INTEGRACIÓN

    En apego a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley para el Desarrollo Económico de la Ciudad de México y Numeral Segundo del Acuerdo por el que se Constituyen los Comités de Fomento Económico Delegacionales, el Comité de Fomento Económico, se integrará por:

    Integrante Puesto de Estructura Orgánica

    Presidencia Alcaldía

    Vicepresidencia Dirección Ejecutiva de Apertura de Negocios y Desarrollo Empresarial

    (Secretaría de Desarrollo Económico).

    Secretaría Técnica Dirección General de Turismo y Fomento Económico.

    Del Medio Ambiente

    Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural. Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

    Del sector privado y social

    Presidencia de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC Xochimilco).

    De la banca de desarrollo y comercial e intermediarios financieros no bancarios

    Presidencia de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México ante Xochimilco y Milpa Alta.

    Comisión de Participación Comunitaria (COPACO)

    De instituciones de investigación

    Representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) en Xochimilco.

    Del Sector Académico

    Dirección de Centros de Estudios Tecnológicos y de Servicios Número 49. Jefatura de la Sección de Estudios de Posgrado e Investigación de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional.

    De Dependencias y Entidades del Gobierno Federal

    Dirección de Desarrollo Empresarial y Promoción Económica de la Secretaría de Desarrollo Económico.

    Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.

    Dirección General de Asuntos Jurídicos y de Gobierno.

    Coordinación de Asesores y Planeación del Desarrollo.

    Concejal Persona Concejal de la Alcaldía Xochimilco, Titular de la Comisión de

    Turismo y Fomento Económico.

    Órgano Interno de Control Titular del Órgano Interno de Control en la Alcaldía de Xochimilco.

    Representante de las Organizaciones

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    IV. ATRIBUCIONES

    LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MEXICO.

CAPÍTULO IV

De los Comités de Fomento Económico de las Alcaldías.

Artículo 13.- Cada Alcaldía contará con un Comité de Fomento Económico para instrumentar su respectivo programa; estos Comités serán foros permanentes de participación de organizaciones productivas del sector privado y social y de la comunidad académica, con el objeto de promover el desarrollo económico, el empleo y nuevas inversiones productivas.

Artículo 14.- Los Comités de Fomento Económico de las Alcaldías tendrán las siguientes facultades:

  1. Promover las acciones necesarias para la ejecución del Programa de Fomento y Desarrollo Económico de la Alcaldía; en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, para el apoyo, asesoría y diseño de criterios y planes de política económica;

  2. Facilitar la realización de proyectos de inversión que se sometan a su consideración y que contribuyan al desarrollo económico, la protección y generación de empleos;

  3. Impulsar y orientar los diversos proyectos económicos congruentes con las ventajas competitivas y vocación económica de cada demarcación territorial;

  4. Coordinarse con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública competentes para promover la capacitación y su vinculación con el mercado de trabajo;

  5. En coordinación con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública competentes, realizar acciones con el fin de vincular la investigación y desarrollo científico y tecnológico de las instituciones de enseñanza técnica-media y superior e investigación con los proyectos de inversión productiva;

  6. Promover, en igualdad de condiciones entre los agentes económicos, la utilización de la mano de obra local, así como el consumo de materia prima y bienes de consumo final que se produzcan en...

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