Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Organización del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lic. Martina Jacqueline L2019Hoist Tapia, Presidenta del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, con fundamento en el Artículo 45 fracción VIII de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal; Artículo 54, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; Artículo 18 y Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numeral 2.4.6.7 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011 y de conformidad con el registro MA-237-3/12 emitido mediante oficio número CG/CGMA/1633/2013, tengo a bien dar el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

INDICE

PRESENTACIÓN ANTECEDENTES

MARCO JURÍDICO ATRIBUCIONES

MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS ESTRUCTURA ORGANICA DESCRIPCION DE FUNCIONES

PRESENTACIÓN

El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), congruente con la metodología, políticas y normas generales emitidas por la Contraloría General del Distrito Federal, en la Circular para el control y evaluación de la gestión pública; el desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativa, y la atención ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, numeral 2.4 Revisión, Dictamen y Registro de Manuales Administrativos; elaboró el presente Manual de Organización para describir los objetivos y las funciones de las Unidades Administrativas que lo integran, a efecto de que los servidores públicos del Organismo, de otras Instituciones y el público en general tengan conocimiento claro y preciso de su operación.

Su contenido permitirá conocer los antecedentes del COPRED, el marco legal y normativo que rige su actuación, las atribuciones que le corresponden y la estructura orgánica en que se apoya para el estudio, planeación, administración, ejecución y evaluación de los asuntos encomendados.

En particular, a los servidores públicos del COPRED, la consulta del Manual les facilitará el conocimiento general y particular de sus labores cotidianas, delimitando sus responsabilidades y evitando posibles duplicidades a fin de mejorar el aprovechamiento de los recursos disponibles.

Por último, cabe señalar que este Manual responde plenamente a lo establecido en la "Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal", emitida en febrero de 2012 por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal.

ANTECEDENTES

Tiene su origen en el Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal, que se creó el 9 de octubre 2006 por acuerdo del Jefe de Gobierno Alejandro Encinas Rodríguez, en cumplimiento cabal de las disposiciones de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial el 19 de julio de 2006.

Este Consejo era la instancia que tenía como atribuciones el definir, diseñar e implementar las políticas públicas, así como elaborar, ejecutar y evaluar los programas y acciones específicos en el ámbito social y de las instituciones, con el fin de promover y vigilar el respeto al derecho a la no discriminación en todas sus formas, como una condición que garantiza el pleno desarrollo de los seres humanos. Funcionó como un órgano colegiado interinstitucional que tenía la función de promover y vigilar el respeto al derecho humano a la no discriminación, en beneficio de toda persona que se encuentre en el Distrito Federal, con la perspectiva del orden jurídico nacional e internacional en materia de derechos humanos.

Además el Consejo brindaba orientación y asesoría jurídica a las y los interesados cuando reciba quejas o denuncias de las que se desprenda la posible comisión del delito de discriminación, previsto y sancionado por el Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, a efecto de que la víctima del delito pudiera acudir ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Integrantes del Consejo:

Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos.

Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Secretario de Finanzas.

Secretario de Desarrollo Social.

Secretario de Salud.

Secretario de Seguridad Pública.

Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

Directora General del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.

Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. DIF-DF.

INVITADOS PERMANENTES

Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

Promotor y defensor de los derechos humanos.

Asamblea de Migrantes Indígenas de la Ciudad de México. Presidente Fundador de Libre Acceso A. C.

Por acuerdo del Jefe de Gobierno, la Secretaría Técnica del Consejo estaría a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social

Sus objetivos eran contribuir a frenar el empobrecimiento de los habitantes de la ciudad; Combatir la injusticia, la iniquidad y la desigualdad que padece la mayoría; Evitar que continúe el deterioro de las relaciones de convivencia, se agudice la inseguridad y se destruya el tejido comunitario; Promover el ejercicio de los derechos sociales y la equidad; Prevenir y atender situaciones de violencia, adicciones e incidencia delictiva en las unidades territoriales; Abrir cauces a la participación organizada de los ciudadanos en los asuntos públicos; Promover la reconstrucción de la identidad y sentido de pertenencia a la comunidad; Fomentar los valores de respeto a la dignidad, tolerancia, inclusión, diversidad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos y apego a la legalidad; Establecer un programa institucional articulado e integrado para la atención de las necesidades básicas de la población; Ahorrar recursos de la administración para destinarlos a los programas sociales prioritarios y eliminar la corrupción; e Impulsar la rendición sistemática de cuentas sobre los actos de Gobierno;

El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual surge con la publicación el 24 de febrero de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal en la que se describe sus atribuciones, así como refiere que el Consejo gozará de autonomía técnica y de gestión: así como para llevar a cabo los procedimientos de reclamación o queja, incidencia en la Política Pública y el Plan General de Desarrollo.

El COPRED tiene por objeto establecer los principios y criterios que orienten las políticas públicas para reconocer, promover y proteger el derecho a la igualdad y a la no discriminación, así como establecer la coordinación interinstitucional para prevenir, atender, eliminar y sancionar la discriminación; Coadyuvar a la eliminación de las circunstancias sociales, educativas, económicas, de salud, trabajo, culturales o políticas; disposiciones legales, figuras o instituciones jurídicas o de hechos, acciones, omisiones o prácticas que tengan por objeto o produzcan el efecto de negar, excluir, distinguir, menoscabar, impedir o restringir ilícitamente alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos o comunidades en situación de discriminación, por cualquiera de los motivos relacionados en el quinto párrafo del artículo 1 constitucional, en los tratados internacionales firmados y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 5 de la presente ley, o en cualquiera otra; Fijar los lineamientos y establecer los indicadores para el diseño, la instrumentación y la evaluación de las políticas públicas, así como de las medidas positivas y compensatorias a aplicarse; y Establecer mecanismos permanentes de seguimiento, con participación de organizaciones de la sociedad civil, para la instrumentación de las políticas públicas en materia de no discriminación, así como medidas positivas y compensatorias.

Para el cumplimiento de los objetivos del COPRED, el 31 de diciembre de 2011, la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal emitió el Dictamen número CG/656/2011, mediante el cual autorizó su estructura orgánica, con vigencia a partir del 1° al 31 de diciembre de 2011 y a partir del 1° de enero de 2012 emitió un nuevo dictamen número CGDF/105/2012.

No obstante, durante el proceso de instrumentación de la estructura dictaminada, se detectaron aspectos susceptibles de mejorar para optimizar el funcionamiento en un marco de congruencia administrativa, por lo cual a partir del 16 de abril de 2013, se obtuvo la autorización de la Contraloría General del Distrito Federal de la nueva estructura orgánica del COPRED, con el Dictamen número CGDF/105/2013.

MARCO JURÍDICO

  1. - Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. D.O. 05/02/1917 y Reformas D.O. 17/08/2011.

  2. - Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Fecha de publicación en DOF. 03-junio-1995. Última Modificación en DOF. 28-Enerol-2011.

  3. - Leyes.

    f0b7 Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal. Fecha de Publicación en G.O.24/02/2011.

    Últimas reformas publicadas en la G.O.: 8-IX-2014 y 28-XI-2014.

    f0b7 Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Fecha de Publicación en G.O...

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