Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de laCiudad de México, 2019

114 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 14 de febrero de 2019

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICDA. ESTHELA DAMIÁN PERALTA. Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 3 y 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 54 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 33 y 34 fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 102 quinto párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 121 fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 2 y 12 del Decreto por el que se crea un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denomina Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal; 12 del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y sus Reglas de Operación, publicadas el 31 de enero de 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, he tenido a bien dar a conocer el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA COINVERSIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2019

Considerando que las Organizaciones Civiles han hecho contribuciones fundamentales al marco conceptual de las políticas públicas, la formulación y seguimiento en la aplicación de programas, así como al impulso de iniciativas innovadoras para el desarrollo social en la Ciudad de México, es necesario promover su trabajo, así como compartir recursos, experiencias y conocimientos en la definición de lo público, con una visión de derechos y construcción de ciudadanía.

Por lo anterior, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 3 y 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 14, 15, 16, 17 y 19 del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; artículo 5 Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar; artículo 11 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal; artículos 13, 14, 102 y 11 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México; 6 fracción I y III, 7 fracción I y V y, 8 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal; artículos 2, 3, 5 y 10 de Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal; artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y, artículo 21 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

CONVOCAN

A las Organizaciones Civiles a participar en el Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2019, presentando proyectos con la finalidad de sumar esfuerzos y recursos en la promoción del desarrollo social, con apego a las siguientes:

BASES

1. Las Organizaciones Civiles participantes deberán estar inscritas en el Registro de Organizaciones Civiles de la Ciudad de México (ROC), en términos de los artículos 7 y 10 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal y 12, 26 y 36 de su Reglamento.

2. El objetivo principal de los proyectos será la ejecución de actividades de desarrollo social entre Organizaciones de la Sociedad Civil y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Ciudad de México para promover de acuerdo al artículo 2 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal, el reconocimiento y ejercicio integral de los derechos humanos, la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación, la participación ciudadana, el respeto a la diversidad, el acceso a la información y la protección de datos personales; promover la calidad de vida de las personas, sus familias y comunidades, el acceso a una vida libre de violencias, las relaciones de solidaridad, apoyo mutuo y la cohesión social en la Ciudad de México; la capacitación y asesorías para impulsar la creación o fortalecimiento de proyectos productivos que al mismo tiempo sean generadores de trabajo e impacten socialmente a la comunidad, así como promover y facilitar el ejercicio de la contraloría ciudadana por la transparencia.

Para tal efecto, las Organizaciones Civiles deberán presentar los siguientes rubros:

a) Definición de Población objetivo

b) Definición de Población beneficiada

c) Cronograma de actividades específicas

3. Las actividades estarán dirigidas prioritariamente a las Niñas, Niños, Adolescentes y Personas con Discapacidad bajo un enfoque de derechos humanos, inclusión, igualdad y equidad.

4. Las Reglas de Operación del...

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