Avala la Suprema Corte cárcel por 'borrachazos'

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia declaró constitucional la penalización de los daños a propiedad ajena cuando el responsable maneje en estado de ebriedad.

Por unanimidad, el pleno avaló el artículo 242 fracción primera del Código Penal de la Ciudad de México, que prevé cárcel para los conductores alcoholizados.

El Código no impone penas de prisión cuando los daños, aún los intencionales, son reparados por el responsable, pero para los conductores ebrios se contempla sanción de tres meses a tres años y medio de prisión, aunque en la práctica los acusados pueden conmutar su sentencia por multa o trabajo en favor de la comunidad.

Los ministros determinaron que esta norma no viola el principio de taxatividad de las leyes penales por no contener una definición técnica de lo que debe entenderse por "estado de ebriedad".

"La determinación de que el sujeto activo se encuentre bajo el influjo conforme a los grados de...

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