¿Los servicios de autotransporte de turismo están gravados con el IVA?
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Laboro como asistente de impuestos de un despacho de contadores públicos. Un cliente del despacho es una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que inició operaciones en enero último, y que se dedica a prestar servicios turísticos. Entre estos servicios, se encuentra el de autotransporte de turismo, es decir, mediante camiones o camionetas se recoge a turistas en los hoteles donde están hospedados y se les traslada a los lugares turísticos cercanos. Al efecto, el cliente nos preguntó si tales servicios están gravados con el IVA. Ignoro lo anterior.
Lector de Cancún, Quintana Roo
Pregunta
¿Los servicios de autotransporte de turismo están gravados con el IVA?
Respuesta
El artículo 15, fracción V, de la Ley del IVA dispone lo siguiente:
15. No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. El transporte público terrestre de personas, excepto por ferrocarril.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el criterio normativo 108/2010/IVA del SAT señala lo siguiente (énfasis añadido):
108/2010/IVA Transporte público terrestre de personas, excepto el de ferrocarril.
La Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 15, fracción
V, establece que no se pagará dicho impuesto por la prestación del servicio de transporte público terrestre de personas, excepto de ferrocarril.
Se ubican en este supuesto los servicios de transporte terrestre de personas, prestados al amparo de los permisos o concesiones vigentes, que sean definidos por las disposiciones de la materia como transporte público o que no sean definidas como transporte privado.
Así, a nivel federal, se ubican en el supuesto del artículo 15, fracción V, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado quienes cuenten con permiso vigente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para prestar los servicios de autotransporte de pasajeros y de turismo, en cualquiera de sus variantes, expedidos de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y sus disposiciones reglamentarias, exclusivamente por los servicios que, al amparo de dichos permisos, presten a personas. Este tratamiento, de conformidad con el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, sería extensivo a aquellos contribuyentes que tengan concesiones o permisos equivalentes, expedidos conforme a la Ley de Vías Generales de...
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