AUTORIZACION NO. EBPE/1808/438/2015 AL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE EDUCACION PREESCOLAR, MODALIDAD ESCOLARIZADA, TURNO MATUTINO Y ALUMNADO MIXTO; PARA SER IMPARTIDA EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DENOMINADA “PAULO FREIRE” UBICADA EN CALLE TULIPAN NUMERO 6, COLONIA LAS ISABELES, DEL MUNICIPIO DE XALISCO, NAYARIT

Fecha de disposición17 Junio 2015
Fecha de publicación17 Junio 2015
Número de Gaceta106-080

AUTORIZACIÓN No. EBPE/1808/438/2015

Tepic, Nayarit; a 27 de Mayo del 2015.

VISTA, la solicitud de Autorización presentada ante esta Secretaría, el día 17 de Abril del

Asociación Civil Movimiento de Lucha Popular Emiliano Zapata, A.C., propietaria de la institución educativa denominada “Paulo Freire”, para impartir el programa de estudios de

Educación Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, ubicada calle Tulipán número 6, colonia Las Isabeles, del Municipio de Xalisco, Nayarit, y;

R E S U L T A N D O

I.-

Que mediante escrito de fecha 17 de Abril del 2015 en esta Secretaría, por el C.

Jaime Cervantes Rivera, en su carácter de representante legal de la Asociación Civil

Movimiento de Lucha Popular Emiliano Zapata, A.C., propietaria de la institución educativa denominada “Paulo Freire”, para impartir el programa de estudios de

Educación Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, ubicada calle Tulipán número 6, colonia Las Isabeles, del Municipio de Xalisco, Nayarit.

II.-

Que una vez presentada la solicitud, anexos, información y documentación complementaria por parte del C. Jaime Cervantes Rivera, en su carácter de representante legal de la Asociación Civil Movimiento de Lucha Popular Emiliano

Zapata, A.C., para impartir el programa de estudios de “Educación Preescolar”, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de Nayarit; 1, 7, 8, 10, 11 fracción II, 13 fracción VI, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo primero, 47, 48, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 59, 60, 75, 76, 78 y 80 de la Ley General de Educación; 1, 2, 6, 9 fracción VI, 19 fracción l, 22, 39, 54, 55, 56, 57, 59 y 60 de la Ley de Educación del Estado de

Nayarit; 36 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de

Nayarit; artículo 6 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de

Educación; y en observancia a lo dispuesto por el Acuerdo número 243, por el que se establecen las bases generales de Autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, el Acuerdo número 357, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la Autorización para impartir Educación

Preescolar.

III.-

Que mediante oficio número 326/04/2015 de fecha 17 de Abril del 2015, se solicitó a la C. Mtra. Judith Ceballos Mejía, Jefa del Departamento de Educación Inicial y

Preescolar, para que revisara el perfil de docentes y realizara la visita de inspección técnico-higiénico pedagógica al domicilio señalado por el representante legal, con el fin de verificar si el bien inmueble cumple con los requisitos para la impartición del programa de estudios.

  1. Que se solicitó al Instituto Nayarita para la Infraestructura Física Educativa en oficio número 325/04/2015 de fecha 17 de Abril del 2015, para que revisara los

    Miércoles 17 de Junio de 2015 Periódico Oficial 3 documentos y realizara la visita de inspección técnico al inmueble ubicado en calle

    Tulipán número 6, colonia Las Isabeles, del Municipio de Xalisco, Nayarit., y;

    C O N S I D E R A N D O

    Que esta Secretaría de Educación es competente para conocer y resolver las solicitudes que formulen los particulares que deseen impartir educación, en términos de la legislación vigente en el Estado de conformidad con los artículos 3 y 8 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1, 7, 8, 10, 11 fracción II, 13 fracción VI, 14 fracción IV, 21 párrafo segundo, 28, 30, 37 párrafo primero, 47, 48, 54, 55, 56 párrafo segundo, 57, 59, 60, 75, 76, 78 y 80 de la Ley General de Educación; 1, 2, 6, 9 fracción VI, 19 fracción l, 22, 39, 54, 55, 56, 57, 59 y 60 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 36 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del

    Estado de Nayarit; artículo 6 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.

    Que la Asociación Civil Movimiento de Lucha Popular Emiliano Zapata, A.C., presentó solicitud de Autorización al programa de estudios de Educación

    Preescolar, modalidad escolarizada, turno matutino y alumnado mixto, en...

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