Asignaciones pendientes en la Administración de Recursos Humanos

AutorRicardo Alfredo Varela Juárez - Nancy Diery Figueroa Herrera
CargoProfesor e Investigador del programa de Posgrado en Ciencias de la Administración - Jefa de Exámenes de Grado del Programa de Posgrado en Ciencias de la Administración
Páginas24-28
Entorno laboral
Durante la rma del Tratado de Libre Comercio entre
México, Canadá y Estados Unidos (TMEC), las pre-
siones recibidas por nuestro país no fueron pocas,
especialmente las provocadas por las diferencias
laborales que existen entre los trabajadores de los
Estados Unidos y Canadá contra la realidad mexica-
na; siempre hemos dicho que en México todo es caro
excepto los salarios que son muy baratos, las pres-
taciones y benecios que un connacional recibe son
verdaderamente menores a las de sus colegas en el
norte del continente. El ejemplo más claro radica en
los niveles salariales, tan solo con cruzar el río Bravo
la vida se torna diferente, pues el salario que se paga
por una hora de trabajo en el norte de nuestro país es
equivalente a ocho o más horas de trabajo.
En México, el movimiento obrero ha sido derrotado
por un sistema que, por lo general, enriquece a los
líderes, los convierte en políticos, ya sea senadores
o diputados, mientras que sus representados que-
dan al margen de cualquier benecio. Los contratos
colectivos de trabajo se convirtieron en simples ins-
trumentos administrativos, pues los trabajadores no
crecen económicamente y la vida continúa sin que
algún trabajador mejore en lo económico y social.
Muchos líderes se enriquecieron, nada pasó, pero el
descontento fue controlado mediante contratos de
protección para el patrón y para la central obrera y el
La mejor práctica en
materia de Administración
de Recursos Humanos
es la que se adapta
a la empresa, a su
personal y a accionistas,
proveedores, gobierno y
clientes
Síntesis
La pandemia ha propiciado cambios que
hoy en día están presentes y debido a esto
es necesario agudizar nuestro sentido de
adaptación, pues, aunque suene tremen-
do es para sobrevivir. Por eso debemos
cambiar en muchos aspectos, entre ellos,
la forma de laborar y de compensar a
nuestros trabajadores.
En esta coyuntura se requiere que el área
de Recursos Humanos ref‌lexione sobre
aspectos decisivos de su administración,
por ejemplo, las relaciones laborales y las
formas de retribución económica, para
dar pie al nacimiento de un nuevo equili-
brio y rehacer el concepto trabajo.
Asimismo, se brindan algunas recomen-
daciones que nos muestran formas no-
vedosas de hacer negocios en un mundo
que trabaja a distancia y bajo la amenaza
permanente de nuevas pandemias.
MTRA. NANCY DIERY FIGUEROA HERRERA
Jefa de Exámenes de Grado del Programa de Posgrado en Ciencias
de la Administración
nf‌igueroa@fca.unam.mx
DR. RICARDO ALFREDO VARELA JUÁREZ
Profesor e Investigador del programa de Posgrado en Ciencias de
la Administración
ravarela@hotmail.com
Asignaciones
pendientes en la
Administración de
Recursos Humanos
statu quo se mantuvo perfectamente. Hoy no tenemos
vida sindical, pues muchos trabajadores desconfían
de sus líderes y esta se ha reducido a nada; había si-
mulaciones que favorecían al líder y, relativamente, a la
empresa, atrapando en este problema a muchos traba-
jadores. Quizá la mayoría pensó que era mejor así, sin
revolucionarios ni enemigos del sistema, solo paz, sin
más ambiciones.
Esta paralizante tranquilidad fue cuestionada por
los vecinos del norte, que la vieron como una real
amenaza en virtud de que estas diferencias crecían.
Contratos a modo, salarios y prestaciones diez veces
menores, así que se empezó a acusar a México de
dumping por prácticas ilegales en el tema laboral.
No era deseable para nadie aplicar sanciones arance-
larias o bloqueo de productos; había que exigir un cam-
bio en las condiciones laborales en México y a partir del
convenio 98 de la Organización Internacional del Traba-
jo (OIT), en el cual de sus 16 artículos publicados quizá
el más importante es el siguiente que transcribimos:
Artículo 1
1. Los trabajadores deberán gozar de adecuada
protección contra todo acto de discriminación
tendiente a menoscabar la libertad sindical en
relación con su empleo.
2. Dicha protección deberá ejercerse especial-
mente contra todo acto que tenga por objeto:
(a) sujetar el empleo de un trabajador a la con-
dición de que no se alie a un sindicato o a
la de dejar de ser miembro de un sindicato;
(b) despedir a un trabajador o perjudicarlo en
cualquier otra forma a causa de su alia-
ción sindical o de su participación en ac-
tividades sindicales fuera de las horas de
trabajo o, con el consentimiento del em-
pleador, durante las horas de trabajo.
Este Convenio provocó un cambio en la agenda la-
boral y también motivó diversas modicaciones a
nuestra Ley Federal del Trabajo (LFT), que pretenden
impulsar una nueva vida sindical, donde los trabajado-
res pueden escoger a sus sindicatos y representantes
por medio del voto libre, directo y secreto; es por ello
por lo que durante el año 2020 se crearon más de tres-
cientos nuevos sindicatos, cuando en años anteriores
esa cifra no era mayor a cincuenta, según lo informa la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Una de las modicaciones más importantes se centra
en la forma en que se imparte la justicia laboral con cam-
bios en los actores que intervienen y que para efectos
de la ley, en el artículo 3, se denen los conceptos de:
> Autoridad Conciliadora: el Centro Federal de
Conciliació n y Registro Laboral o los Cen tros
de Conciliación de las entidades federativas,
según corresponda.
> Autoridad Registral: el Centro Federal de Con-
ciliación y Registro Laboral.
> Centros de Conciliación: los Centros de conci-
liación de las en tidades federativas o e l Centro
Federal de Conciliación y Registro Laboral,
según corresponda.
> Tribunal: el juez labor al.
A par tir de estas modicaciones podemos apreciar
que las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitra-
je Federales o Locales se convierten en Centros de
Conciliación Federales o Locales, es decir, ya no será
una junta integrada por representantes de los traba-
jadores, de los patrones y del gobierno los que dicten
un laudo sino será un juez laboral, hoy se sigue traba-
jando en la adaptación y puesta en marcha de estas
nuevas autoridades.
Entorno en la administración de los recursos
humanos
El trabajo ya no volverá a ser igual, la pandemia que
aún se encuentra vigente en la totalidad del planeta y
ha provocado un connamiento de más de 24 meses
y serios problemas a la economía; desaparecieron
CONTADURÍA PÚBLICA
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DOSSIER
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